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It’s the economy, Stupid!

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Esta mañana, día 8 de noviembre de 2017, APPA ha presentado en Barcelona su Estudio del Impacto Macroeconómico de las Energías Renovables en España, como hace todos los años. Este año, APPA me brindó el honor de dirigir algunas palabras de bienvenida a los asistentes de este acto, ya que mi firma ha patrocinado este estudio desde su primera edición en el año 2009. El estudio comprende desde 2005 hasta 2016. Son 11 años analizados, que cubren los sistemas retributivos del Real Decreto 436/2004, el Real Decreto 661/2007, el Real Decreto 1578/2009, y el Real Decreto 413/2014.
It’s the economy, Stupid!

Justo el mes pasado celebramos el I Congreso de Energías Renovables de España, donde APPA cumplió ya 30 años, de los cuales yo sólo he podido acompañar a APPA unos modestos 17 años. En mi ponencia durante la celebración del cumpleaños de APPA, que versaba sobre los PPA’s, hice eco de la regulación de los contratos bilaterales de electricidad, con entrega física, al amparo del Real Decreto 2019/1997. Este real decreto remonta hasta los primeros días de la Liberalización del Mercado Eléctrico Español, en el marco de la Directiva 96/92/CE sobre mercado interior de la electricidad de las entonces Comunidades Europeas.

En el entretiempo, las Comunidades Europeas se han convertido en la Unión Europea, y el mercado eléctrico español ha sufrido grandes modificaciones, a la vez que ha conocido grandes constantes. Más que por nostalgia, lo explico para enmarcar lo que siempre ha sido el concepto central en el sistema eléctrico: el mercado.

Las energías renovables irán paulatinamente desplazando todas las demás tecnologías en este mercado y, esta transición energética, iniciada para intentar mantener el cambio climático dentro de unos márgenes que esperamos sean aceptables, acabará poniendo al alcance de todos los españoles una energía mucho más económica, aparte de ser, obviamente, limpia.

El efecto depresor que han tenido las energías renovables en este mercado a lo largo de los años analizados por APPA, ha sido de unos 42.918 millones de euros de ahorros en el mismo, contrastados con 43.914 millones de retribuciones a las energías renovables en estos años. Sólo analizando el mercado mayorista, y sin entrar en muchos otros superávits macroeconómicos demostrados por el Estudio de APPA, es patente que las renovables no son los culpables de los déficits que ha sufrido el Sistema Eléctrico Español en su conjunto durante el mismo periodo de análisis.

En las próximas décadas las energías renovables podrán ir bajando aún más los costes del sistema eléctrico en su conjunto, y mi expectativa es que una vez que seamos 100% renovables, con una práctica electrificación total de la demanda energética del país, el coste total de producción de todas las renovables será materialmente inmejorable para las fuentes convencionales. Espero estar vivo todavía cuando ocurra esto, es decir, que pienso que podrá materializarse perfectamente en otras tres décadas, cuando APPA cumpla 60 años.

Otra expectativa que tengo es que dentro de toda esta tesitura macroeconómica, se trataría de una operación de reestructuración contable del mercado mayorista para restaurar la situación de todas aquellas instalaciones de energías renovables castigadas por los diferentes recortes que hemos vivido en este mismo periodo de análisis. Creo que es una operación necesaria que en los próximos años se hará inevitable. Tengo la impresión de que el ministro Nadal estará de acuerdo conmigo sobre la necesidad, pero no sobre el cómo.

El impuesto eléctrico establecido por la Ley 15/2012 ya está en camino a Luxemburgo, y según las valoraciones de la Abogada General Kokott, como ya he explicado en otra ocasión en este mismo lugar, tenemos buenos papeles para ganarla. Aunque la sentencia sobre el canon eólica ha sido desestimatoria, en la misma el TJUE ha insistido en el cumplimiento de los principios fundamentales del Derecho Europeo cuando se modifican las retribuciones de las energías renovables. Las cuestiones prejudiciales planteadas concretamente en este caso no trataban de entrar en valorar el cumplimiento de estos principios fundamentales. Esto queda pendiente.

El Ministro Nadal nos ha confirmado en repetidas ocasiones que va a bajar la rentabilidad razonable del 7,34% al 4% a partir del año 2019, lo que en la práctica compensa justamente este 7%.

Seguimos con el tema de las expectativas, que al fin y al cabo, es uno de los temas centrales de nuestro sector. Tenemos muchas expectativas que van confluyendo, haré un esfuerzo de aclarar y diferenciarlos.

Hablemos primero del contenido de nuestras expectativas.

La nueva Ley 24/2013 del Sector Eléctrico (nueva LSE) reza en su disposición final tercera, tercer apartado:
“En los términos previstos en el Real Decreto-ley 9/2013, de 12 de julio, por el que se adoptan medidas urgentes para garantizar la estabilidad financiera del sistema eléctrico, para el establecimiento de ese nuevo régimen retributivo la rentabilidad razonable a lo largo de toda la vida regulatoria de la instalación girará, antes de impuestos, sobre el rendimiento medio en el mercado secundario de los diez años anteriores a la entrada en vigor del Real Decreto-ley 9/2013, de 12 de julio, de las Obligaciones del Estado a diez años incrementada en 300 puntos básicos, todo ello, sin perjuicio de su ulterior revisión en los términos legalmente previstos.”

Esta disposición final tercera dice claramente que la rentabilidad razonable, de aquellas instalaciones que viene de la aplicación de la antigua LSE, se fija para toda su vida regulatoria. Se puede entender que habrá vida después de esta vida regulatoria, que es el significado de la palabra “ulterior” según el diccionario de la Real Academia Española:
“1. adj. Situado de la parte de allá de un sitio o territorio.
2. adj. Que se dice, sucede o se ejecuta después de otra cosa. Se han tomado providencias ulteriores.”

Podrá revisarse entonces, en los términos legalmente previstos, una retribución para el periodo post regulatorio. En sentido contrario esta disposición final sería una contradicción en términos. La Ley ha fijado la rentabilidad razonable en un valor.

No podrá modificar el Sr. Ministro la rentabilidad razonable fijada en un 7,32%, aunque también reitero que no creo que le importe mucho la legalidad cuando no le conviene. Se sitúa perfectamente en la crítica cultural de Houellebecq, en su libro “El mundo como un supermercado”. Sólo coge lo que le antoje del Estado de Derecho, y el sistema retributivo de las energías renovables lo gestiona de la misma manera. Este sistema está diseñado expresamente con esta finalidad, y se opera con esta intencionalidad.

Ya lo dije al principio de este artículo, no estamos de acuerdo el Ministro y yo sobre cómo exactamente tenemos que cambiar el mercado eléctrico.

Continuamos con las expectativas sobre la doctrina jurisprudencial de los últimos años en España. Podríamos analizar la misma de una manera fragmentada, pensando sólo en ganar o perder cada causa en concreto, o mirarla como un conjunto. En mi tríptico “el puzle de la transición energética”, concretamente su parte II, “Quién decide donde se ponen las piezas en caso de duda”, hago alusión a la evolución de los votos particulares y los votos disidentes en esta doctrina jurisprudencial, y destilo un vector de ello que apunta hacía Luxemburgo. Es muy determinante, porque se trata de una expectativa sobre la evolución de los votos.

Ahora bien, cuál es mi expectativa sobre el juicio de valor del TJUE sobre la sentencia del Tribunal Supremo, que avaló la reforma de los proyectos tipo con un resultado de 3 votos particulares sobre 7 magistrados en total (4 vs 3). ¿Votaría el TJUE hipotéticamente a favor de la mayoría o a favor de la minoría del Tribunal Supremo? Analizando la jurisprudencia del TJUE me resulta muy difícil creer que votaría con los jueces españoles que aprobaron los recortes retroactivos.

Volvemos a mi hipótesis de que el Ministro Nadal piensa que va a perder la causa sobre el impuesto eléctrico del 7% en Luxemburgo. Si partimos un momento de esta premisa, esto sería ya una primera batalla ganada para las Energías Renovables en España, con la intervención del Tribunal de Justicia de la Unión Europea. El siguiente caso tendría que ser, en consecuencia, la bajada de la rentabilidad razonable del 7,34€ al 4%, como hemos mencionado ya, para compensar esta pérdida para el Ministro.

¿Cuál sería mi expectativa sobre la votación y fallo en la causa sobre la disposición final tercera de la nueva LSE? ¿Tres en contra y cuatro a favor como la última vez? ¿O los tres lo verían ahora mejor, o igual de bien que los cuatro en contra antes? ¿Tal vez uno de los cuatro a favor ahora ya no lo vería tan claro? Paramos un momento en la posibilidad que uno de los cuatro conformistas ahora votaría como los antes disidentes, esto volvería disidentes a los conformistas. La verdad es que ni hace falta que el sentido del cuarto voto sea exactamente como los anteriores disidentes, sería suficiente si están de acuerdo que ahora se les presentan dudas razonables de interpretación, suficientes para plantear una cuestión prejudicial ante el TJUE.

También lo refuerza el argumento de una interpretación conforme a la nueva Directiva de Energías Renovables de la Unión Europea, dónde no sería descabellado pensar que podría entrar en vigor antes de que el TJUE resuelva sobre la propuesta de bajada de la rentabilidad razonable, posibilidad que ya he analizado en otra ocasión. Justamente salió en las noticias esta semana que el ponente de la nueva Directiva de Renovables, Jose Blanco, se está planteando la posibilidad de reforzar aún más el artículo 6 del borrador, que dice “(···) se revisen de forma que no tengan un impacto negativo en los derechos conferidos en este contexto, ni en la economía de los proyectos (···)”. Lo quieren reforzar, añadiendo una cláusula de compensación obligatoria para los casos de revisiones retroactivas.

Estamos viviendo una fuerte aceleración de las energías renovables y, en las próximas décadas, serán necesarias importantes reformas en el mercado mayorista para adaptarlo a la realidad renovable. Mi expectativa es que los próximos 3 años serán muy importantes para el sector de las energías renovables en España, tanto para nueva capacidad instalada como para recuperar la legalidad para aquellas instalaciones que han allanado el camino para la transición energética de la que somos testigos ahora. Creo firmemente en que finalmente conseguiremos este contrato social llamado estado de derecho, pero no en su vertiente à la carte del Ministro, sino en sintonía con nuestro gran proyecto europeo, con sus derechos fundamentales y sus objetivos para evitar el cambio climático.

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Javier Perez Martin
El corrector ha jugado una mala pasada. Donde pone "Portugal" debe decir Piet Holtrop
Javier Perez Martin
Apreciado Portugal: Ojalá hubiera mucha gente como tú. Sigue así, adelante y ánimo. Gracias!!
Mario
Ojalá un futuro no tan lejano donde todas la energía producida en este país sea 100% limpia. Soy estudiante de ingeniería mecánica y quiero especializarme, mediante un máster, en energías renovables. Espero poder aportar mi grano de arena para cambiar el panorama actual y trabajando en un ámbito que me apasiona. Saludos
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