Este RD, que supone la creación de un registro de preasignación para las energías renovables con el objeto, señala AEE, de evitar que se superen los objetivos establecidos en el Plan de Energías Renovables 2005-2010 (PER) para las distintas tecnologías, se ha elaborado "sin la necesaria participación de la industria" y se va a traducir en una mayor carga burocrática para los promotores, que habrán de enfrentarse a partir de ahora a un número mayor de trámites administrativos.
Según la Asociación Empresarial Eólica, el registro representa, por un lado, "una garantía de que las instalaciones que entren dentro de los objetivos del PER –20.155 MW a ser instalados en España hasta 2010– percibirán la retribución prevista bajo el RD 661/2007", lo que supone, según AEE, una "noticia positiva" para el sector. Pero, por otro lado –añade la asociación– "supone que la tramitación de los proyectos será a partir de ahora más compleja".
El registro de preasignación contemplado en el RD 6/2009, de 30 de abril, exige según AEE que "para inscribirse en el registro será necesario el cumplimiento de una serie de requisitos: disponer de autorizaciones y permisos necesarios, poder demostrar una financiación de al menos el 50% de la inversión y disponer de contratos de suministro de equipos de al menos el 50% del valor total de la instalación. Además, deberá depositarse un nuevo aval de 20€ por kW".
Además, en cuanto a los plazos, las instalaciones serán inscritas por orden cronológico (según la antigüedad de los documentos), hasta que sea cubierto el objetivo de potencia de 20.155 MW. Dispondrán de un plazo máximo de 36 meses para inscribirse en el registro definitivo. En segundo lugar, las instalaciones que cumplan con los requisitos a fecha de siete de mayo de 2009 podrán inscribirse durante los siguientes treinta días naturales a la entrada en vigor del RD. Asimismo, dispondrán de otros treinta días para presentar el resguardo del aval.
Superar o no superar el objetivo del PER: he ahí la cuestión
Según el nuevo real decreto-ley, Si los proyectos inscritos no superan la potencia objetivo, el régimen económico del RD 661/2007 se extenderá hasta el cumplimiento del objetivo considerado, mientras que si por el contrario la potencia inscrita fuera superior al objetivo, la retribución del RD 661/2007 se agotará con las instalaciones inscritas. Se podrán establecer restricciones anuales a la ejecución y entrada en operación de las instalaciones.
Este sistema, insiste la AEE en su comunicado, "garantiza la retribución actual a todas las instalaciones que cumplan con los requisitos, hasta, como mínimo, satisfacer los objetivos de potencia definidos en el RD 661". A lo largo de los próximos meses, el Gobierno –señala la AEE– deberá redefinir el marco regulatorio "para hacer frente a los compromisos que exige la Directiva Europea de Energías Renovables".
Siendo la eólica "la energía que más va a contribuir al cumplimiento de estos objetivos", concluye AEE, "consideramos fundamental que las autoridades incluyan al sector desde el primer momento en este proceso, como ha venido haciendo hasta la fecha, para continuar aportando retornos positivos para nuestro país tanto en el ámbito energético y ambiental como tecnológico y empresarial".
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www.aeeolica.org