eólica

“Aquello parecía Encuentros en la Tercera Fase”

0
Uno de los aspectos menos conocidos de la eólica es cómo puede afectar a los aeropuertos y la navegación aérea. Cualquier proyecto de un parque eólico necesita un permiso previo a su ejecución. De hecho, la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA) y el Ministerio de Defensa tramitan muchas solicitudes de parques que no llegan nunca a hacerse realidad. La foto es de Jeswin Thomas.
“Aquello parecía Encuentros en la Tercera Fase”
Foto: Jeswin Thomas

Aragón es una de las comunidades con más parques eólicos construidos y más parques en fase de tramitación. En lo que a seguridad aérea se refiere, la Base Aérea de Zaragoza, gestionada por el Ministerio de Defensa y AENA (gestora de los aeropuertos en España), en su parte dedicada al tráfico civil, es uno de los puntos calientes.

Pero el interés de los promotores en instalar parques choca de vez en cuando con la necesidad de mantener unos estándares de seguridad aérea por parte de las autoridades aeronáuticas, que ven con recelo cómo un aeródromo puede acabar entre un laberinto de aerogeneradores. Que no solo ocupan un espacio relevante para la navegación. También hay que iluminarlos. Hasta el punto que algunos expertos en la materia recogen quejas de pilotos al encontrarse ante sí con un “festival de luces” que dificultan su tarea. “Aquello parecía Encuentros en la Tercera Fase”, ha llegado a comentar alguno de los pilotos afectados.

Marta Garriga, directora general de la consultora Airae, especializada en seguridad aérea, explica que “si todas las solicitudes que llegan a Defensa se llevasen a cabo, el aeródromo se quedaría sin salidas naturales en caso de fallo de la aeronave, y al no tener forma de saber qué parques seguirán adelante y cuáles no, se estudia cada vez con más detalle cada una de las solicitudes, lo que dilata en el tiempo esta gestión”.

Las limitaciones de altura “se vuelven críticas en las zonas alineadas con la pista de la Base”, por donde discurre generalmente la mayoría del tráfico. Así se pueden llegar a ver casos de denegaciones de parques enteros cuando meses antes se han autorizado posiciones situadas a apenas unos cientos de metros del parque denegado, dado que su afección al tráfico aéreo es menor. Otro de los aspectos a tener en cuenta es que los aerogeradores son cada vez más grandes y algunos superan ya los 180 metros de altura, entre la torre y las palas del rotor.   

La Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA) o el Ministerio de Defensa son los encargados de velar por el correcto cumplimiento de su normativa, según la cual cualquier construcción o instalación en zonas afectadas por servidumbres aeronáuticas o que supere los 100 metros de altura, aunque se sitúe fuera de servidumbres –la normativa afecta también a los parques offshore–, requiere de autorización.

La relación, a veces difícil, con el tráfico aéreo no solo afecta a la eólica. También las plantas fotovoltaicas necesitan contar con permisos debido a sus reflexiones y al deslumbramiento que podrían provocar sobre los pilotos de las aeronaves.

A nivel internacional esta tarea compete a la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI o ICAO, en sus siglas en inglés), que regula el crecimiento urbanístico en el entorno de los aeropuertos mediante las Superficies Limitadoras de Obstáculos (SLOs) y su aplicación concreta según la normativa específica de cada país.

En zonas de gran potencial para el desarrollo de la eólica pero muy limitadas por la orografía del terreno y la compatibilidad con los aeropuertos, la autorización de servidumbres aeronáuticas es un problema de sobra conocido por los promotores de parques eólicos que puede llegar a paralizar un proyecto entero. “Las servidumbres aeronáuticas definen las alturas máximas permitidas para las construcciones situadas en las inmediaciones de los aeropuertos (hasta 30 km en ambos sentidos de la pista), es decir, que ningún elemento puede, a priori, superar esas alturas”, apunta Garriga.
 
Al mismo tiempo, “el Decreto 584/1972, modificado por el Real Decreto 297/2013, establece que las servidumbres aeronáuticas pueden ser vulneradas si un estudio aeronáutico de seguridad demuestra que no se afecta a la seguridad aérea, por lo que sí es posible superar esas alturas bajo unas condiciones muy específicas. Esto se realiza mediante un proyecto de ingeniería que demuestre que no se alcanzan los márgenes de seguridad de los procedimientos y trayectorias de vuelo de las aeronaves para las operaciones en ese aeropuerto en concreto. De este modo, en caso de ser necesaria mayor altura para la instalación del parque eólico de la que definen las servidumbres aeronáuticas, ésta podría ser autorizada si se justifica que no afecta a la seguridad aérea”.

Todos los parques eólicos deben contar con el acuerdo previo favorable de AESA y cumplir además con sus condicionados de señalización y balizamiento. Cada proyecto se analiza como si fuese el único de la zona, por lo que se le exigirá que se encuentre suficientemente iluminado. Ahora bien, si se acaban instalando gran número de parques en la misma zona “es más razonable, y también más económico para los promotores, hacer una propuesta de iluminación del conjunto de los parques de forma que únicamente algunos de los aerogeneradores del clúster requerirán ser iluminados (siempre de acuerdo a los requisitos técnicos que fija la norma)”.

Los plazos para la emisión de la autorización tras presentar la documentación son de seis meses bajo servidumbres aeronáuticas y de tres meses si se encuentra fuera de servidumbres y supera los 100 m de altura. Y en ambos casos el silencio administrativo es desfavorable, por lo que hasta contar con una autorización explícita no sería posible arrancar la instalación del parque. Además, estos plazos se pueden ampliar si la administración solicita informe a terceros afectados, como pueden ser AENA o al Ministerio de Defensa (para las Bases Aéreas).

Por otro lado, AESA tiene la capacidad de inspeccionar el cumplimiento de sus autorizaciones, y las sanciones por incumplimiento en esta materia (no solicitud de la autorización o su incumplimiento en altura o en balizamiento, etc) van desde 90.001 a 225.000 euros al considerarse como muy graves según la Ley 21/2003 de Seguridad Aérea.

“La forma de ajustarse a esta normativa y de cumplir con los requisitos de AESA es conocer, antes de solicitar la autorización, las alturas máximas que se pueden instalar en las localizaciones previstas, de manera que se estime si vulneran o no servidumbres aeronáuticas y, por lo tanto, si el proyecto es viable –explica Marta Garriga–. En caso de vulnerarlas, las opciones serían o bien un estudio aeronáutico que permita justificar que su instalación no afecta a la seguridad aérea o bien la búsqueda de ubicaciones y configuraciones alternativas que permitan garantizar lo que a todos nos concierne: la seguridad aérea y el desarrollo de las renovables”.

Añadir un comentario
Baterías con premio en la gran feria europea del almacenamiento de energía
El jurado de la feria ees (la gran feria europea de las baterías y los sistemas acumuladores de energía) ya ha seleccionado los productos y soluciones innovadoras que aspiran, como finalistas, al gran premio ees 2021. Independientemente de cuál o cuáles sean las candidaturas ganadoras, la sola inclusión en este exquisito grupo VIP constituye todo un éxito para las empresas. A continuación, los diez finalistas 2021 de los ees Award (ees es una de las cuatro ferias que integran el gran evento anual europeo del sector de la energía, The smarter E).