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El Gobierno abre a consulta pública el Real Decreto de comunidades energéticas

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El Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico ha lanzado a información pública el texto de un Real Decreto (RD) para regular las dos figuras jurídicas comprendidas dentro del ámbito de las comunidades energéticas: las comunidades de energías renovables y las comunidades ciudadanas de energía. Según la propuesta de RD publicada, "cuando los proyectos sean desarrollados en municipios de más de 50.000 habitantes", podrán ser socios o miembros de una comunidad de energías renovables "aquellas personas que sean las propietarias de bienes inmuebles, tengan su residencia habitual o sean titulares de un punto de suministro en un radio de cinco kilómetros a la redonda del emplazamiento del primer proyecto finalizado de la comunidad de energías renovables".
El Gobierno abre a consulta pública el Real Decreto de comunidades energéticas

Las comunidades de energías renovables y las comunidades ciudadanas de energía -explica en su RD el Ministerio- dispondrán de cupos específicos en las subastas de Régimen Económico de Energías Renovables y reserva de capacidad en los nudos de la red eléctrica objeto de concurso. Estas comunidades contarán con un cupo específico en las subastas de Régimen Económico de Energías Renovables (REER) y con reserva de capacidad en los nudos de la red eléctrica objeto de concurso para garantizar la evacuación de su producción. Las comunidades energéticas, de acuerdo con la normativa europea, permiten que los ciudadanos produzcan, consuman, almacenen, compartan y vendan energía renovable colectivamente. "Su finalidad principal -insiste el Ministerio- es proporcionar beneficios ambientales, económicos y sociales a sus miembros y al entorno en el que desarrolla su actividad, más que una rentabilidad financiera".

No solo electricidad
Aunque no se circunscriben al ámbito eléctrico –pueden beneficiarse de fuentes térmicas, de soluciones de movilidad o de eficiencia energética–, las comunidades están directamente ligadas al autoconsumo, ámbito que se está desarrollando a gran velocidad en España: la potencia instalada se ha multiplicado por 20 desde el año 2018 y ya supera los cinco gigavatios (5 GW).

Así, un ejemplo de comunidad puede ser un pueblo con instalaciones solares fotovoltaicas de autoconsumo colectivo, vehículos eléctricos compartidos y puntos de recarga, una calefacción centralizada de biomasa y solar térmica (que también permita climatizar unas instalaciones deportivas), y un sistema de gestión de la demanda de energía, junto con una aplicación para informar a los partícipes.

Las comunidades de energías renovables y las comunidades ciudadanas de energía tienen muchos puntos en común. Por ejemplo, pueden adquirir distintas formas jurídicas, pueden participar en todos los mercados organizados de producción de energía eléctrica, y deben estar integradas por un mínimo de cinco socios o miembros, sin que ninguno supere el 51% de los votos, que han de ser personas físicas, administraciones locales o empresas de pequeño tamaño.

Distancia
Sin embargo, en el caso de las comunidades de energías renovables, los socios o miembros deben estar situados en las proximidades de las instalaciones de renovables, "a una distancia que dependerá de la población del municipio". En el caso de los municipios pequeños o en riesgo de despoblación, se amplía el radio de actuación para conseguir un número de miembros adecuado para la constitución de la comunidad, en línea con los objetivos establecidos en materia de Reto Demográfico.

La propuesta legislativa del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico también contempla que las comunidades energéticas puedan acceder al Régimen Económico de Energías Renovables (REER) y a las subastas periódicas con las que se otorga esta retribución regulada. Más aún, según el Ministerio, las subastas, de hecho, "considerarán las particularidades de las comunidades para que puedan competir con otros participantes e incluirán cupos de potencia específicos para ellas".

Adicionalmente -añaden desde Transición Ecológica-, se liberará un 5% de la capacidad en los nudos de la red eléctrica reservados para celebrar concursos de acceso y conexión, que podrá otorgarse por orden de prelación a las nuevas instalaciones de generación que formen parte de una comunidad energética, al objeto de garantizar la evacuación de su producción.

El Proyecto Estratégico para la Recuperación y la Transformación Económica de Energías Renovables, Hidrógeno Renovable y Almacenamiento (Perte ERHA) incluye una línea de apoyo específica para comunidades energéticas. Dotada con 100 millones de euros, ya se han fallado las dos primeras convocatorias, con 40 millones, que han beneficiado a 73 comunidades integradas por más de 95.000 socios.

Las aportaciones al proyecto de Real Decreto deben remitirse hasta el próximo 17 de mayo inclusive, a la dirección electrónica: bzn-sgernormativa@miteco.es, indicando en el asunto del correo “Alegaciones real decreto comunidades energéticas”.

Proyecto de Real Decreto y Memoria del Análisis del Impacto Normativo de este RD 

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Christian
Bueno, a ver si ahora nos la vamos a coger con papel de fumar. Con la que ha caído. Llámalo autoconsumo compartido, colectivo o comunitario. Llámalo equis. Pero, hombre, después de lo del impuesto al sol y después de lo de los 500 metros, empieza a verse la luz, ¿o no?
agustin
Esto que se afirma no es del todo cierto. Si las comunidades de energías renovables instalan autoconsumo colectivo están circunscriptas a la norma del autoconsumo (por ende la distancia máxima de los 2 km).
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