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Esa es la propuesta que hace el Gobierno en su borrador de real decreto del

Las eléctricas podrán cortar el suministro a los consumidores vulnerables severos si estos no pagan las dos últimas facturas

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El Ministerio de Energía, Turismo y Agenda Digital acaba de anunciar que ha remitido hoy a la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), "para su preceptivo informe", el borrador de real decreto que desarrolla el bono social de electricidad. Energía asegura que "el nuevo reglamento establece un mecanismo más eficiente de acceso al bono social, basado en criterios de renta de la unidad familiar". El borrador autoriza los cortes aunque el consumidor haya sido catalogado como "vulnerable severo".
Las eléctricas podrán cortar el suministro a los consumidores vulnerables severos si estos no pagan las dos últimas facturas

El texto remitido por Energía a la CNMC -informa el Ministerio- establece un mecanismo de acceso al bono social, que está basado en criterios de renta de la unidad familiar, "para que sea más accesible a quienes más lo necesitan" y, por otro lado -asegura el Gobierno- "refuerza la protección de los consumidores más vulnerables ante un procedimiento de corte de suministro". Según el Ministerio, para que un consumidor sea considerado vulnerable y pueda acogerse al bono social que le da acceso a un descuento del 25% en su factura, se tendrá en cuenta el nivel de renta de su unidad familiar referido al Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (Iprem):
- Unidad familiar que tenga una renta anual menor o igual a 1,5 veces el Iprem.
- Unidad familiar con un menor que tenga una renta anual menor o igual a 2 veces el Iprem.
- Unidad familiar con dos menores que tenga una renta anual menor o igual a 2,5 veces el Iprem.

El Ministerio informa
Los umbrales de renta anteriores se verán incrementados en 0,5 veces el Iprem para las víctimas de violencia de género, víctimas del terrorismo y para aquellos hogares con algún miembro con una discapacidad superior al 33%. Además, podrán acogerse al bono social todas las familias numerosas y aquellas unidades familiares en las que uno de sus miembros sea pensionista del Sistema de la Seguridad Social por jubilación o incapacidad permanente, percibiendo por ello la cuantía mínima.

El Ministerio además crea una nueva categoría, los consumidores vulnerables severos, "para aquellos hogares con rentas inferiores al 50% de los umbrales establecidos para los consumidores vulnerables". Según Energía, los consumidores vulnerables severos se beneficiarán de un descuento del 40% de su factura eléctrica.

Las familias numerosas o los hogares donde todos sus miembros que tengan ingresos sean pensionistas de la Seguridad Social por jubilación o incapacidad permanente, percibiendo la cuantía mínima, serán considerados vulnerables severos si su renta es inferior a dos veces el Iprem o una vez el Iprem respectivamente.

Energía crea también la categoría de consumidores en riesgo de exclusión social, que serán "aquellos consumidores vulnerables severos que, por sus especiales circunstancias, estén siendo atendidos por los servicios sociales de Ayuntamientos o Comunidades Autónomas". Estos consumidores serán considerados esenciales y no se les podrá suspender el suministro eléctrico.

El corte de suministro, a los cuatro meses
El Gobierno autoriza a las comercializadoras a suspender el suministro a los consumidores vulnerables y vulnerables severos si no pagan las dos últimas facturas (cuatro meses no abonados). Eso sí, el real decreto propuesto por el Ministerio obliga a las comercializadoras a informar al consumidor "en el momento de producirse el impago y nuevamente 15 días antes de proceder al corte de suministro".

Según explica Energía en el comunicado que acaba de difundir, las administraciones competentes en materia de política social deberán tener además un "listado actualizado de las suspensiones previstas del suministro eléctrico", para que puedan identificar los casos en riesgo de exclusión que puedan verse afectados y tomar así las acciones necesarias para proteger a estos consumidores y evitar cortes indeseados".

Por otro lado, todas las comercializadoras deberán comunicar a sus clientes la posibilidad de acogerse al PVPC y por tanto de poder solicitar el bono social si cumplen con las condiciones establecidas. Además, el cambio se realizará sin ninguna penalización o coste adicional. Asimismo, las comercializadoras deberán advertir a los consumidores acogidos al bono social que vayan a suscribir un contrato en el mercado libre, sobre la pérdida del derecho a percibir dicho bono social.

Accede aquí al Borrador

Tags: Electricidad , PV
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