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Todos al registro (ER 79)

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Tomás Díaz
Director de Comunicación de la Asociación de la Industria Fotovoltaica (ASIF)
tdiaz@asif.org

El Real Decreto-Ley 6/2009 da un giro copernicano a la política de fomento de las energías renovables en España. Antes de su publicación, según lo establecido en el Real Decreto 661/2007, las tecnologías limpias tenían unos objetivos que alcanzar y un período transitorio mínimo de un año –sin límite de potencia a instalar– para enlazar la consecución de dichos objetivos con la fijación de otros nuevos, de acuerdo con la planificación energética orientativa. Con ello, el Gobierno daba a las industrias renovables un horizonte de crecimiento y estabilidad a largo plazo, y transmitía una señal muy clara de su innegable –e ilimitada– apuesta por las energías limpias.

Pues bien, el RD-L 6/09 demuele ese planteamiento y convierte los objetivos en cupos. El Gobierno ya no quiere llegar a unas cotas mínimas y seguir creciendo, sino restringir el crecimiento y controlarlo con detalle. Por eso elimina el período transitorio mínimo de un año y amplía el Registro de Preasignación de Retribución (RPR), que hasta ahora sólo padecía la fotovoltaica, al resto de renovables. Habrá que ver cómo se aplica a cada tecnología, pero en el caso fotovoltaico ha distorsionado el mercado, eliminando la competencia en buena medida e impidiendo la planificación empresarial. Por añadidura, para dificultar el acceso de los proyectos al RPR, el RD-L 6/09 da un plazo máximo de 30 días naturales a los promotores para que los inscriban en él, exigiéndoles nuevos y draconianos requisitos, como haber alcanzado ya un acuerdo de compra del 50% de los equipos o disponer ya del 50% de los fondos necesarios. Pocas son las agraciadas empresas que pueden cumplirlos con facilidad.

Si en el RD 661/07 las renovables son “principios básicos para conseguir un desarrollo sostenible desde un punto de vista económico, social y ambiental”, en el RD-L 6/09 esas mismas renovables “podrían poner en riesgo, en el corto plazo, la sostenibilidad del sistema, tanto desde el punto de vista económico por su impacto en la tarifa eléctrica, como desde el punto de vista técnico”. ¿Qué ha ocurrido en los últimos dos años para que un mismo Gobierno publique sentencias tan dispares en el BOE?

Pues dejando de lado el diseño de un nuevo modelo energético con abundante microgeneración, vehículos eléctricos, redes inteligentes…, en el que ya se trabaja con éxito, hay dos onerosos acontecimientos: el primero, la caducidad del régimen retributivo del Real Decreto 436/2004, que propició la instalación récord de 3.500 MW eólicos en 2007; y el segundo, la explosión de la fotovoltaica, que, gracias al período transitorio mínimo de un año ahora eliminado, tiene instalada 10 veces más potencia que la planificada.

La solar termoeléctrica es la tercera renovable que va a exceder la senda prevista –deberíamos tener 500 MW instalados en 2010, pero pueden ser el doble– y el Gobierno ha dado un puñetazo en la mesa. Obviando las planificaciones energéticas de renovables de las comunidades autónomas, mucho más ambiciosas que la estatal, se ha asegurado, con la instauración del RPR, que únicamente pagará la retribución del RD 661/07 y de las normas que lo sucedan al volumen de renovables que considere oportuno. Se acabó el apoyo ilimitado. Aunque resulta apropiado que el Gobierno actúe para evitar el desbordamiento de sus previsiones y los subsiguientes cargos adicionales a los consumidores, es más que dudoso que el RPR contribuya al desarrollo eficaz y eficiente de las renovables en España, y es lamentable el modo en que se ha articulado: en secreto y de espaldas al Sector, ahondando en la incoherencia política, desconcertando al mercado y lanzando mensajes alarmantes de forma gratuita.
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