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El Código Técnico de la Edificación entra en la recta final

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Dentro de muy poco, quizá en unas semanas, todos los nuevos edificios españoles deberán incorporar captadores solares térmicos para cubrir el 30-70% de sus necesidades de agua caliente sanitaria (ACS), convirtiéndose con ello España en el primer país del mundo en imponer una obligación estatal en esta materia. El muy esperado Código Técnico de Edificación, en tramite desde hace casi dos años, está ya en la recta final, según fuentes tanto del ministerio de la Vivienda como del Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE).

El código saldrá del Ministerio Vivienda previsiblemente dentro de una semana con destino al Consejo del Ministros. “Una vea allí no podemos saber cuanto tardará en aprobarse”, aseguran desde el ministerio, añadiendo que la normativa tendrá rango de Real Decreto.

El documento cubre una muy amplia gama de aspectos técnicos de la edificación, incluyendo la acústica, las medidas contra incendios, los elementos estructurales o el aislamiento térmico, entre otros mucho factores. No obstante, el aspecto más destacable es la obligación de instalar acumuladores solares térmicos para ACS en edificios nuevos.

Hasta ahora, esta obligación solo existe en los municipios con ordenanza solar. Este tipo de ordenanza evolucionó de una iniciativa de la ciudad de Barcelona, que en el año 2000 se convirtió en la primera ciudad del mundo en imponer una obligación solar para ACS. Desde la ciudad condal, las ordenanzas llegaron luego a muchas otras ciudades españolas, Madrid incluida, e, incluso, han sido imitadas en otros países. Ahora, con el CTE, la obligación alcanza a todo el Estado.

Las exigencias alcanzarán a todos los nuevos proyectos de edificación que incorporan necesidad de ACS, desde las casas más pequeñas hasta los hospitales más grandes, que tendrán que aportar la energía necesaria para calentar entre el 30-70% del ACS con captadores solres, según la ubicación del edificio y las horas solares de que disfruta su superficie. Habrá una clara diferencia entre las exigencias impuestas en el norte de España (un porcentaje menor) comparado con el sur (mayor).

Además, los edificios de gran superficie, como los hospitales y los centros comerciales, tendrán que incorporar paneles fotovoltaicos para cubrir un porcentaje de su consumo eléctrico. Como medía, se trata de la instalación de paneles FV de 5-6 kWp para cada 4.000 m2 de superficie de tejado.

“Los municipios tendrán un periodo de seis meses para adaptarse al Código”, explican desde el IDAE. Donde ya existen ordenanzas solares, tendrán que modificarse si sus exigencias quedan por debajo de las del código”. Las piscinas de todo el país que calientan el agua también deberán incorporar acumuladores.

De forma paralela, el IDAE está elaborando un nuevo Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios (RITE) en colaboración con los Ministerios de Industria y de Vivienda. El nuevo reglamento, que también se procesará como Real Decreto, establecerá una base de seguimiento de las instalaciones solares para asegurar su óptimo funcionamiento. Las inspecciones se realizarán una vez cada dos años.

Más información:
www.idae.es
www.mviv.es
Tags: Solar , Ahorro
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