El artículo 46.1.e) de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, impone a las empresas comercializadoras la obligación de prestar las garantías que reglamentariamente resulten exigibles. Y eso es lo que no ha hecho Zencer según la CNMV, por lo que le ha impuesto una sanción leve que lleva aparejada una multa de 25.000 euros. Además, ha impuesto a esta empresa la obligación de depositar las garantías requeridas.
El expendiente se inició despues de que el pasado 10 de marzo de 2015 Red Eléctrica de España denunciara ante la CNMC el citado incumplimiento. Zencer, una cooperativa andaluza que solo comercializa energía generada mediante fuentes renovables, dispone de dos meses para recurrir ante la Audiencia Nacional la presente resolución.