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Ayudas por valor de cinco millones de euros

Extremadura subvencionará con hasta 750.000 euros proyectos de regadío que utilicen energías renovables

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El Diario Oficial de Extremadura (DOE) publicó el pasado viernes una orden de la consejería de Medio Ambiente y Rural, Políticas Agrarias y Territorio por la que se establece la convocatoria de ayudas para la mejora de la eficiencia energética en las comunidades de regantes de Extremadura. Según esa Orden, el fin de las ayudas es "la realización de obras e instalaciones, auditorías energéticas, así como inversiones para la generación de energía renovable, siempre que ello suponga el ahorro y eficiencia energética y el mejor aprovechamiento de la energía en las instalaciones comunitarias de riego". [Foto].
Extremadura subvencionará con hasta 750.000 euros proyectos de regadío que utilicen energías renovables

El importe total de la convocatoria será de cinco millones de euros (5.000.000 €). El importe del coste subvencionable mínimo será de 50.000 euros y, como máximo, podrá alcanzar los 750.000 euros por actuación y convocatoria de ayudas. Podrán optar a las ayudas las comunidades de regantes establecidas en zonas regables de iniciativa pública, con infraestructuras presurizadas, situadas en la Comunidad Autónoma de Extremadura y que sean titulares o gestionen infraestructuras de regadíos existentes, dispongan de su correspondiente derecho de agua, y estén reconocidas por el Organismo de Cuenca. La finalidad de este régimen de ayudas -informa el Gobierno de Extremadura- es "la realización de obras e instalaciones, auditorías energéticas, así como inversiones para la generación de energía renovable, siempre que ello suponga el ahorro y la eficiencia energética y el mejor aprovechamiento de la energía en las instalaciones comunitarias de riego".

A los efectos de la presente orden -informa el Gobierno de Extremadura-, se establecen las siguientes definiciones
1. Eficiencia energética general (EEG): se define como el aprovechamiento de la energía a lo largo de la red de riego. Se determina como el cociente entre la potencia hidráulica suministrada y la potencia eléctrica consumida; es decir, la relación entre la energía requerida y la energía consumida. La eficiencia energética de una Comunidad de Regantes es el resultado del producto de la eficiencia energética de los bombeos y la eficiencia del suministro energético tendrá en cuenta el rendimiento de los grupos de bombeo y el mejor aprovechamiento de la energía a lo largo de las tuberías de transporte y de la red de distribución de agua.

2. Eficiencia energética de los bombeos (EEB): Se define como la relación entre la potencia hidráulica suministrada por los bombeos y la potencia eléctrica absorbida. Así, la EEB también representa el rendimiento de los equipos de bombeo.

3. Eficiencia de suministro energético (ESE): Se define como la relación entre la energía requerida de riego por el sistema y la energía suministrada por los equipos de bombeo. Depende del diseño y del manejo del sistema de distribución del agua de riego.

4. Obras e instalaciones: incluye actuaciones de sustitución o mejoras de equipos de bombeo, automatismos, mecanismos de gestión del riego y balsas de regulación en las infraestructuras colectivas de riego.

5. Generación de energía renovable: instalaciones de energía renovable (fotovoltaica, hidráulica, biomasa y eólica) que se utilicen para la generación de energía eléctrica necesaria para el funcionamiento de los equipos de captación, bombeo y distribución de agua en la zona regable.

6. Auditoría energética: estudios que pretenden mejorar la eficiencia energética en las instalaciones de riego, comprobando el funcionamiento de los equipos de bombeo, identificando las posibles deficiencias y proponiendo las correspondientes medidas de reducción de consumo energético a implantar, y que sean viables desde un punto de vista económico.

El análisis de los equipos consumidores de energía requiere la medida en campo de una serie de parámetros hidráulicos (nivel dinámico, caudal y presión) y eléctricos (intensidad, voltaje y potencia activa absorbida) para determinar la potencia eléctrica que consume y poder conocer su eficiencia energética.

Renovables
Según la Orden, se entenderán como costes subvencionables, entre otros, los relativos a las "instalaciones de energías renovables (solar, biomasa, hidráulica y eólica) que supongan una reducción del consumo energético a partir de fuentes convencionales, y sirvan para el abastecimiento de la infraestructura comunitaria de riego, bien en instalaciones de autoconsumo, interconectadas con la red, asistidas o en sistema aislado".

El plazo de presentación de solicitudes de ayuda será de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación de la orden en el Diario Oficial de Extremadura.

La solicitud se cumplimentará, telemáticamente, en el portal oficial de la consejería de Medio Ambiente y Rural, Políticas Agrarias y Territorio de la Junta de Extremadura: aplicación informática Arado.

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