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La tecnología termosolar ha vivido diferentes etapas en las últimas dos décadas: una incipiente penetración en España a principios de siglo, seguida de la creación y consolidación del sector durante el lapso comprendido entre 2007 y 2012. En esos años las empresas españolas despuntaban en los concursos internacionales y era inconcebible una planta termosolar en cualquier lugar del planeta sin una presencia muy relevante de nuestras empresas, no solo grandes constructores, sino pequeñas y medianas empresas que desarrollaron productos y soluciones específicas. Es un artículo de Gonzalo Martín, secretario general de Protermosolar.
2020, punto de inflexión

Mientras tanto, en España, en los años 2013 y 2014, se redefinieron los esquemas retributivos de las instalaciones que estaban ya en operación y se bloqueó el desarrollo de nuevas plantas. El gran desarrollo de nuestro país, que llegó a representar unas tres cuartas partes de la capacidad Termosolar mundial, sigue ostentando su liderato, 7 años después, aglutinando aproximadamente un tercio de la capacidad instalada a finales de este año que ahora acaba.

El año 2020, que pasará a la historia por la pandemia ocasionada por el coronavirus, ha sido frenético, cimentando las bases para una transición energética. En enero, España enviaba a la Comisión Europea su Plan Nacional Integrado de Energía y Clima con unos ambiciosos objetivos de alcanzar un 74% de energía renovable en la generación eléctrica con un incremento de 60 gigavatios (un 145% sobre 2020) en tecnologías eólicas, solares (fotovoltaica y termosolar) y biomasa.

Unos meses después, en mayo, el Consejo de Ministros aprobaba el envío a las Cortes para la tramitación de la futura Ley de Cambio Climático que establece como vinculantes los objetivos de descarbonización. Si bien es cierto que son algo más laxos que el Plan Nacional Integrado (la capacidad renovable se reduce al 70%), es razonable que así sea, puesto que el Plan no deja de ser una declaración de intenciones, sin carácter vinculante. Un aspecto importante es que se prevé la creación de un mecanismo de concurrencia competitiva donde se subastará bien energía o potencia instalada, para fuentes de generación renovable.

Sin duda, desde el punto de vista regulativo en el sector renovable, el mayor hito ha sido la publicación del Real Decreto 960/2020, de 3 de noviembre, que establece el Régimen Económico de Energías Renovables (REER o las subastas renovables). Esta es la herramienta que permitirá adjudicar nueva capacidad instalada para cumplir con los objetivos del Plan Nacional Integrado de Energía y Clima y de la Ley de Cambio Climático; estableciendo el sistema retributivo que se basa en una puja a sobre cerrado adjudicando estrictamente a precio.

Como no todas las tecnologías aportan el mismo valor al sistema eléctrico, ya que unas son más gestionables que otras, ni poseen el mismo grado de desarrollo, este Real Decreto permitirá determinar cupos específicos por tecnología, para que se pueda cumplir la senda de crecimiento que marca el Plan Nacional.

El último mes del año fue el encargado de “aterrizar” todo el desarrollo anterior mediante la publicación de una Orden Ministerial que ya sí detalla un calendario de volumen mínimo garantizado por tecnología hasta 2025. Realmente este calendario es la clave para el sector termosolar, ya que el Plan Nacional Integrado establece que la tecnología termosolar debe aportar 5 GW adicionales a los 2,3 GW existentes; la Ley de Cambio Climático no entra en el detalle por tecnologías y el Real Decreto de Subastas únicamente establece las reglas de juego. Esta Orden Ministerial es la clave para determinar cuál será la implementación real termosolar durante la primera mitad del Plan de Energía y Clima.

El último paso antes de empezar a preparar propuestas será una Resolución de la Secretaría de Estado de Energía que indique plazos y algunos parámetros retributivos pendientes. En paralelo, durante 2020, el apetito inversor por transacciones termosolares fue inusualmente alto. Se produjeron compra venta de activos y de sociedades tenedoras de activos durante el último trimestre del año, además de anunciarse posibles operaciones futuras muy relevantes. Estas operaciones son una muestra de la buena predisposición existente en los mercados de capitales para financiar operaciones renovables termosolares, probablemente animadas por la publicación de los parámetros retributivos de las instalaciones hasta el año 2031.

Por tanto, si bien 2020 ha sido otro año, y ya es el octavo, sin nueva capacidad termosolar instalada en España, ha sido el primero desde 2013 en el que se han producido eventos que vuelven a esperanzar al sector, que confía en resurgir en el país en el que creció. Para este 2021, desde Protermosolar esperamos que se convoque la primera subasta termosolar en la historia de España y que esta sea fructífera, que podamos validar que efectivamente las empresas españolas desarrollan proyectos de la única tecnología renovable que puede ejercer un respaldo nocturno firme.

Finalmente, el Plan Nacional Integrado de Energía y Clima establece dónde queremos llegar en el sector renovable, el Real Decreto de Subastas cómo queremos hacerlo y la Orden Ministerial a qué velocidad queremos cumplirlo. La tecnología está disponible, las empresas preparadas y hay apetito inversor para financiar la transición energética de nuestro país. Feliz 2021.

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