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La Comisión Europea pide a España que modifique su legislación en materia de concesiones hidroeléctricas

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La CE ha pedido formalmente a España que modifique su Ley en la que no se contempla un procedimiento de licitación para la adjudicación de las concesiones hidroeléctricas. Francia e Italia también han sido denunciadas. La petición a España adopta la forma de dictamen motivado, que es la segunda etapa del procedimiento de infracción y que supone que de no haber una respuesta satisfactoria en un plazo de dos meses, la Comisión podrá someter el asunto al Tribunal de Justicia. La CE argumenta que en las Leyes 29/1985, de Aguas, y 54/1997, del sector eléctrico, no se prevé concurso para la adjudicación de dichas concesiones, de modo que la adjudicación tiene carácter discrecional.

Según el Tribunal de Justicia, esa ausencia de concurso abierto entre posibles candidatos es en sí misma una violación del Tratado, en concreto del principio de libertad de establecimiento previsto en el artículo 43 del Tratado CE, debido a su no conformidad con el principio de no discriminación y, en particular, con los principios de transparencia y de igualdad de trato.

En concreto, según el Tribunal, para que un régimen de autorización administrativa previa esté justificado, debe, en cualquier caso, estar basado en criterios objetivos, no discriminatorios y conocidos de antemano, a fin de establecer límites sobre el ejercicio de la facultad de apreciación de las autoridades nacionales, con objeto de que ésta no se ejerza de modo arbitrario.

Además, la duración de 75 años prevista por la Ley española para el derecho de explotación fortalece considerablemente la posición privilegiada de los actuales titulares de derechos de explotación de las aguas.

Francia e Italia
Francia ya ha sido denunciada ante el Tribunal de Tribunal porque su legislación concede un derecho preferente al concesionario saliente, al producirse la renovación de las obras que utilizan energía hidráulica, lo que favorece a las empresas que ya tienen concesiones y están establecidas.

La Comisión hará lo mismo con respecto a Italia por razones similares, ya que su legislación nacional concede una preferencia similar al concesionario saliente y, en la región de Trentino-Alto Adigio, con respecto a las entidades públicas locales. No obstante, en lo que respecta a Italia, esta decisión queda suspendida durante un período de cuatro meses, ya que, a escala nacional, se están preparando modificaciones legislativas con objeto de suprimir ese derecho preferente.

Más información:
http://europa.eu.int/comm/secretariat_general/sgb/droit_com/index_fr.htm

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