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¿En qué aguas territoriales españolas habrá y dónde no parques eólicos marinos?

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El Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico ha lanzado una consulta pública previa al diseño del "marco normativo para el desarrollo de las instalaciones eólicas marinas y de las energías del mar". El objetivo de la consulta pública -explican desde el Ministerio- es asegurar la participación efectiva (en el diseño de esa normativa) de todos los usuarios tradicionales del mar (pesca, acuicultura, navegación) y de los futuribles usuarios "del sector eólico y de las energías del mar". La normativa deberá coordinar "el procedimiento de autorización, el otorgamiento de derechos de uso del espacio marino, el acceso y la conexión a la red eléctrica, y el impulso a la inversión mediante procedimientos de concurrencia competitiva".
¿En qué aguas territoriales españolas habrá y dónde no parques eólicos marinos?

El Real Decreto-ley 12/2021 paralizó la tramitación, en junio del año pasado, de instalaciones de generación eléctrica en el mar territorial hasta la aprobación de un nuevo marco normativo, ya que, según el Ministerio para la Transición Ecológica, el anterior marco, implantado por el Real Decreto 1028/2007, ha quedado "desfasado con relación a la situación actual de la tecnología y la propia evolución de la regulación energética". Así, en la actualidad sólo pueden tramitarse instalaciones para prueba, demostración o validación de prototipos y nuevas tecnologías asociadas a la eólica marina. En ese marco, la Hoja de Ruta para el Desarrollo de la Eólica Marina y de las Energías del Mar en España, aprobada el pasado mes de diciembre, fija el objetivo de alcanzar una potencia eólica marina de entre uno y tres gigavatios (de 1 a 3 GW) en 2030 e identifica las líneas de actuación para conseguirlo. Entre ellas figura la adecuación del marco normativo y el impulso a la inversión.

Por otro lado, el Gobierno está culminando la tramitación de los Planes de Ordenación del Espacio Marino (POEM), instrumento de zonificación -informa el Ministerio- en el que, una vez analizadas las posibles interacciones con otros usos del mar, quedarán reflejadas "las áreas más adecuadas para el desarrollo de la eólica marina, por viabilidad técnica y ambiental".

El nuevo marco normativo -explican desde el Ministerio- se basará en los siguientes elementos ya recogidos en la Hoja de Ruta
- La definición espacial recogida en los POEM -y también, si procede, en las zonas de servicios portuarias- que minimice la afectación ambiental y maximice la compatibilidad con otros usos y actividades.

- La planificación y normativa eléctrica.

- Coordinación del procedimiento de autorización con el otorgamiento de derechos sobre el uso del espacio marino, la priorización de acceso y conexión al sistema eléctrico y el
marco de impulso a la inversión mediante instrumentos de concurrencia competitiva.

Según Transición Ecológica, el objetivo del nuevo marco es "coordinar el procedimiento de autorización de las instalaciones con el otorgamiento de derechos sobre el uso del espacio marino, el acceso y la conexión a la red eléctrica, y el impulso a la inversión mediante procedimientos de concurrencia competitiva".

Pues bien, para facilitar la elaboración de este marco, en la consulta pública el Ministerio plantea cuestiones como qué información se considera necesaria para desarrollar un proyecto, qué criterios de diseño deben exigirse, qué parámetros deben usarse para valorar las ofertas, o quién debe ser el titular de las instalaciones de evacuación.

Las respuestas -informa el Ministerio- pueden enviarse antes del 22 de junio a la dirección electrónica bzn-renovablemarina@miteco.es, indicando en el asunto: “CPP marco normativo eólica marina y energías del mar”.

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