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Blanco en el Congreso y negro en el Senado

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La Libertad de voto de los miembros electos del Congreso de los Diputados es un hecho reconocido por el propio Tibunal Constitucional español que impide que nadie pueda ser despojado de su escaño por el hecho de no seguir las consignas del partido por el que obtuvo su acta de diputado. Otra cuestión es que en muy raras ocasiones alguien se atreva a desobedecer a su partido,  pues los infractores saben que su actitud conllevará su eliminación de las próximas listas electorales. Es un artículo de Alberto Cuartas, miembro de la Junta Directiva de Anpier, que se publicó el 6 de julio en El Diario Montañés.
Blanco en el Congreso y negro en el Senado

Igual situación se da en el Senado, por lo que sus miembros se limitarán a validar lo defendido por sus colegas de partido en el Congreso, salvo, naturalmente, que sus dirigentes consideren conveniente modificar lo aprobado en la cámara baja, bien porque con ello mejoran la ley en tramitación introduciendo las propuestas alumbradas en la discusión parlamentaria, lo que sería lógico, o bien porque piensan que la posición hasta entonces mantenida puede restarles apoyos electorales de sus potenciales votantes.

Hay, sin embargo, una figura, ajena a los propios parlamentarios, que tiene una importancia grande en la elaboración de las leyes, el cual asiste a los miembros de las mesas de ambas cámaras y a las de las propias comisiones que las debaten antes de pasar sus dictámenes al pleno de la correspondiente cámara legislativa. Se trata de los miembros del prestigioso cuerpo de letrados de las Cortes Generales, a los cuales se les supone total independencia, por lo que no seré yo quien ose poner en duda su libertad de juicio a la hora de emitir sus informes.

Sorprende sin embargo que ante situaciones iguales la valoración de tan insignes funcionarios sea radicalmente distinta, pues aún admitiendo el hecho anteriormente indicado de su independencia y libertad de criterio, resulta muy difícil de entender que dos letrados que forman parte del mismo cuerpo de funcionarios emitan informes tan radicalmente opuestos que haga que no se admita a debate una cuestión en el Congreso y cuando seguidamente ésta se plantea en el Senado, se impida también su tramitación con razones diametralmente opuestas a las dadas anteriormente, impidiendo así a los parlamentarios debatir, y en su caso aprobar, la correspondiente propuesta tanto en una Cámara como en la otra.

Viene lo anterior a cuento del episodio que se ha producido en la tramitación de los últimos presupuestos generales del año en curso y que seguramente, si no fuese por los negativos efectos producidos para muchos miles de españoles, podría servir de base para que un buen humorista hiciese una parodia que seguro nos haría reír un buen rato. En efecto, diversos grupos parlamentarios, entre ellos los miembros de Unión del Pueblo Navarro, partido íntimamente ligado al PP en Navarra, presentaron en el Congreso una enmienda a los presupuestos generales por la que no se aplicaría la reducción prevista a partir del uno de enero del 2020 en las retribuciones reconocidas a las energías renovables, por entender que lo procedente sería solventar las dificultades por las que atraviesan los pequeños productores de tales energías y no hacer más recortes a su maltrecha economía. Ante esta enmienda, a la vista de que iba a ser aprobada por la Comisión, el Gobierno, a impulsos, se supone, del entonces titular del Ministerio de Energía, Álvaro Nadal, guardián de las esencias de la nefasta reforma realizada por Alberto, su hermano gemelo, interpuso un veto a la tramitación de la misma alegando que afectaba a los propios presupuestos y el letrado de la Comisión, a pesar de la sentencia del Tribunal Constitucional que pone en duda la mayor parte de tales vetos, avaló con su informe tal veto.

El esperpento se produce cuando en el Senado se presenta la misma enmienda y hasta el propio grupo del Partido Popular, ya en ese momento en la oposición, presenta una enmienda idéntica con la única diferencia de que limita sus efectos a los pequeños productores que tengan plantas inferiores a 300 kW. Ante tal propuesta, dada la mayoría absoluta del Partido Popular, todos la dieron por aprobada y así se publicó en la mayor parte de los medios de comunicación. Ah, pero no contaban con el señor letrado, el cual, en contra de su colega del Congreso, consideró que no se debía admitir a trámite, y por tanto ser aprobada, porque no afectaba a los presupuestos generales del año en curso.

Pero, ¿en qué quedamos? En el Congreso no se admite, y por ello no se aprueba, porque afectaba a los presupuestos generales y en el Senado no se admite, y por ello no se aprueba, porque no afectaba a los presupuestos generales. ¿Alguien puede entenderlo? Y sobre todo, ¿nadie va a poner remedio a tal desafuero? Si así fuere quedaría consagrado que dos  funcionarios, con un criterio en una Cámara y el contrario en la otra –por lo que uno de los dos está equivocado– pueden impedir a los representantes del pueblo aprobar una propuesta legislativa que afecta a gran número de ciudadanos españoles, lo cual, además de ridículo es muy grave.

Tags: Renovables , SAF
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