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Conclusiones de UNEF sobre el proyecto de real decreto

El autoconsumo del PP tardaría 31 años en amortizarse

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El proyecto de real decreto de autoconsumo elaborado por el Ministerio de Industria “solo pretende paralizar el autoconsumo”.  Así lo cree el director general de la Unión Española Fotovoltaica (UNEF), José Donoso, que esta mañana presentaba las conclusiones a las que ha llegado la asociación después de estudiar a fondo el proyecto. Un documento, ha dicho, “complicado y tramposo, una apuesta por el pasado”.
El autoconsumo del PP tardaría 31 años en amortizarse

“España sería el único país del mundo con una regulación de autoconsumo diseñada para evitar su desarrollo en vez de promoverlo”. Lo ha dicho hoy José Donoso mientras explicaba que el proyecto de RD de autoconsumo planteado por el Ministerio de Industria supondría la inviabilidad de todos los proyectos con batería y de los proyectos domésticos, alargando la recuperación de la inversión por encima de los 30 años. En el caso de una empresa de servicios llegaría a los 12. Y en el de una pyme, la recuperación de la inversión podría irse por encima de los 7 años.

Las cuentas realizadas por los fotovoltaicos dicen que en la situación actual los periodos de amortización para particulares, empresas de servicios y pymes son, respectivamente, de 16, 8 y 5 años. Y si se incorporase el balance neto podría ser aún mejor: de 13, 5,4 y 4,4 años.

UNEF ha denunciado que el proyecto de RD de autoconsumo, que ha comenzado su tramitación el pasado sábado 6 de junio, tiene como propósito impedir el desarrollo de esta medida de ahorro y eficiencia energética basada en las energías limpias. “Un intento de paralizar una tecnología flexible, capilar, con alta capacidad de despliegue, que se instala con rapidez, que lo puede hacer cualquiera. Y ese nuevo campo de negocio entra a competir de lleno con el oligopolio eléctrico”, apunta Donoso.

Tres tipos de autoconsumo
El nuevo proyecto de real decreto contempla tres tipos de autoconsumo. El primero sería un suministro con autoconsumo, que contempla hasta 100 kW instalados y que estaría pensado para los consumidores particulares, para el sector residencial.

Un segundo tipo sería la producción con autoconsumo, dirigido a empresas de servicios y pymes. También permite una potencia hasta 100 kW. En este caso consumidor y productor tienen que ser la misma persona física o jurídica. Se permite la venta de la energía excedente a precio de pool, pero tienes que registrate como productor. UNEF considera que se discrimina a la FV frente a otras tecnologías donde hay límite de potencia. “Sí estaríamos de acuerdo con que el límite sea el mismo que la potencia contratada porque el autoconsumo no es un negocio sino un sistema de eficiencia energética”.

Por último, el tercer tipo está pensado para instalaciones aisladas conectadas por línea directa a un consumidor. Por ejemplo, una granja, que podría estar también conectada a red. El propietario de la instalación FV debe tener como mínimo el 25% de la sociedad propietaria de esa instalación.

Se mantiene el “impuesto al sol” con otro nombre
El texto mantiene el “impuesto al sol” introducido en el primer borrador y lo agrava. El peaje de respaldo, previsto en el borrador de julio de 2013 para la energía autoproducida y autoconsumida, pasa a denominarse en este nuevo texto “cargos” por peaje de acceso a las redes, menos un descuento por los ahorros en transporte, más “otros costes”. En total, un montante similar al del antiguo peaje de respaldo para las instalaciones domésticas (+13%), que se incrementa notablemente para el sector servicios y Pymes (+100% en la mayoría de casos).

“El impuesto al sol es ahora más pequeño pero, como reconoció el propio secretario de Estado de Energía, Alberto Nadal, ahora no les hace falta que sea más alto tras la subida del término de potencia”, explica Donoso. “Los nuevos cargos son el mismo perro con distinto collar”.

Además, se prevé un “cargo” extra para aquellas instalaciones que cuenten con sistemas de almacenamiento de energía, que haría completamente inviable su rentabilidad, alargando el plazo de recuperación de la inversión a más de 30 años, aproximadamente, la vida máxima de las instalaciones de autoconsumo.

Acaba con la tramitación simplificada de las CCAA
El proyecto acaba, además, con la tramitación simplificada de las comunidades autónomas. Alguien que haya instalado por ejemplo una placa de 100 vatios, que nunca vaya a verter un kWh a la red, tendría ahora que hacer un estudio como si fuera a verter toda su producción.

La nueva norma acabaría con la posibilidad de legalizar instalaciones por el Reglamento Técnico de Baja Tensión (REBT), que ya se aplica en Madrid, País Vasco, Aragón, La Rioja, Navarra y, en el caso de Canarias y Baleares, hasta los 5 kW.

Canarias, Ceuta y Melilla, libres solo hasta 2020
En estos territorios extra peninsulares, el coste del suministro eléctrico es especialmente elevado (184 €/MWh en Canarias, 139 €/MWh en Baleares), suponiendo un incremento en la factura eléctrica del total de consumidores del país de 1800M€.

El texto reconoce la especial idoneidad para el sistema de las instalaciones de autoconsumo en estos territorios extra peninsulares (costaría menos de 100€/MWh), donde la autogeneración en el punto de consumo es notablemente más económica que el transporte de energía desde la península.

Sin embargo, y sin ningún tipo de razonamiento, tan sólo exime a los autoconsumidores de dichos territorios del pago del “impuesto al sol” hasta 2020, un periodo insuficiente para amortizar la instalación de un sistema fotovoltaico de autoconsumo.

Contraria a derecho
El nuevo borrador de normativa no tiene en cuenta las críticas realizadas por instituciones como la Defensora del Pueblo, o las extintas Comisión Nacional de Competencia y Comisión Nacional de la Energía. Tampoco las alegaciones realizadas por las asociaciones de consumidores y usuarios, el resto de partidos políticos, y asociaciones profesionales, entre otros.

La Defensora del Pueblo dijo que “ “debe permitirse que cualquier consumidor pueda emplear paneles fotovoltaicos como medida de ahorro energético, sin tener que pagar un peaje por la energía producida y consumida en la propia instalación”. Para la Comisión Nacional de Competencia, “se está penalizando una tecnología concreta, la solar fotovoltaica. Es fundamental que la regulación del autoconsumo no resulte discriminatoria ni innecesaria o desproporcionadamente restrictiva”.

Por último, en palabras de la Comisión Nacional de la Energía, “el establecimiento de un peaje de respaldo únicamente a los consumidores acogidos a las modalidades de autoconsumo, supone un trato discriminatorio con respecto al resto de consumidores, que pudiendo reducir su consumo en el caso de que adoptaran medidas de eficiencia energética (como el aislamiento de su vivienda o el uso de lámparas de bajo consumo), no pagarían este peaje por la energía que pudieran ahorrar. En la propuesta se incorporan valores numéricos para el peaje de respaldo muy elevados que harían económicamente inviables las modalidades de suministro y producción con autoconsumo”.
 
El proyecto de normativa vulnera el derecho civil a producir tu propia energía. El “impuesto al sol” es contrario a la Constitución española al resultar expropiatorio y al “Principio de igualdad”, al ser discriminatorio con respecto a otras fuentes de energía.

Vulnera asimismo directivas europeas como la Directiva 2009/72/CE del mercado interior de la electricidad al no considerar los beneficios para el sistema de este tipo de instalaciones y la Directiva 2009/28/CE, de 23 de abril de fomento del uso de energía procedente de fuentes renovables, al entorpecer artificialmente el desarrollo de esta tecnología.

Más multa que por un vertido nuclear
El proyecto de real decreto obliga a todas las instalaciones ya legalizadas a adaptarse a las nuevas condiciones, bajo amenaza de infracción “muy grave” multada con hasta 60 millones de euros. Para hacerse una idea, la desproporcionada sanción es el doble de la multa prevista para los escapes nucleares y hasta 260 veces más que la prevista para negligencias que provoquen, por ejemplo, un accidente aéreo.

Además de los nuevos “cargos”, la tramitación, de nuevo, a través de los procesos administrativos complejizados establecidos en el nuevo borrador, harían inviables muchos proyectos, especialmente los más pequeños en los que los márgenes de ahorro son menores. La nueva normativa también llevaría a la ilegalidad a los proyectos superiores a los 100 kW, prohibidos en este borrador.

Discriminación con respecto a otras fuentes
Las centrales de producción convencionales –nucleares, carbón, gas– son de los mayores autoconsumidores del país. Consumen aproximadamente un 8% de su producción, pero están exentas de los “cargos” que sí se aplican al pequeño autoconsumidor. La aplicación de estos “cargos” a las grandes centrales de energías fósiles supondrían unos ingresos para el sistema de en torno a los 230 M€ al año.

El autoconsumo por cogeneración también está exento hasta 2020 de los “cargos”, que supondrían unos 100 M€ al año. Sin embargo, el “impuesto al sol” que se pretende imponer a los pequeños autoconsumidores fotovoltaicos, no aportaría al sistema más de 15 M€ anuales. Tampoco se gravan otras medidas de ahorro y eficiencia energética, como el uso de electrodomésticos eficientes que, por su propia naturaleza, buscan el ahorro energético.

El desarrollo del autoconsumo fotovoltaico tendría indudables ventajas: ahorros en transporte y distribución, reducción del precio pool en las horas pico, bajada de las emisiones de CO2, ahorros para las familias y empresas, aumento de la competitividad en el sector eléctrico y creación de más de 30.000 puestos de trabajo en 10 años, entre otros.

Y su incidencia en la reducción de ingresos para el sistema eléctrico sería mínima: cada 100 MW de autoconsumo (el año pasado tan sólo se instalaron 22MW fotovoltaicos en total), supondrían una merma de 0,01% en los ingresos del sistema, 2,2 M€. Cifra que contrasta con otras. Tan sólo en 2014, Red Eléctrica de España (un 20% de la empresa es de titularidad pública) obtuvo unos beneficios antes de impuestos de 1.385 M€. “Lo sorprendente es que los consiguió con una facturación de poco más de 1.700 M€. Probablemente ninguna otra empresa tiene semejantes resultados”, explican en UNEF.

El nuevo borrador introduce además la prohibición de autoproducir su propia energía a las personas que estén acogidas al bono social o cuenten con la tarifa reducida de “Precio voluntario para el pequeño consumidor”.

Una regulación sin parangón en el mundo
Teniendo las mejores condiciones de Europa –mejor radiación y una industria fotovoltaica líder y referente internacional–, nos convertiría en el país con las peores condiciones para implementar una solución de autoconsumo energético basado en energías limpias.

La gran mayoría de países con regulaciones de autoconsumo introduce el concepto de “balance neto” para un uso eficiente de la red eléctrica. El balance neto supone que cuando una instalación de autoconsumo genera más energía de la que consume en ese momento (por ejemplo un hogar que durante el día se queda vacío), la cede a la red. A cambio, cuando necesita electricidad y la instalación no produce, como cuando cae el sol, toma de la red un equivalente a lo cedido durante el día.

EEUU, Canadá, Australia, Bélgica, Brasil, Chile, China, Dinamarca, Francia, Alemania, Israel, Italia, Japón, México, Suiza, Holanda o Gran Bretaña ya cuentan con sistemas en este sentido. La introducción del balance neto en España sin “impuestos al sol”, permitiría amortizar una inversión de autoconsumo para una pyme en unos cuatro años, que llegarían hasta los 13 años para el caso de un hogar.

Alegaciones
La intención de UNEF es presentar alegaciones antes del 24 de junio. Pero el Ministerio ha seguido en esta ocasión “un procedimiento extraño” en temas de energía. No se sabe en qué periodo pueden entrar las alegaciones de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC). Luego iría al Consejo de Estado, después al Consejo de Ministros y “podría estar lista para aprobarse en noviembre”. De ser así, un hipotético nuevo gobierno que ganase las próximas elecciones generales tendría que derogar la norma.

Lo cierto es que todos los partidos, excepto el PP, se han mostrado favorables al desarrollo del autoconsumo en España.

Conclusiones
• El borrador de normativa de autoconsumo haría inviable su desarrollo en los hogares.
• El proyecto de RD mantiene el “impuesto al sol” e inhabilita el uso de baterías.
• Es discriminatoria con respecto a otras medidas de ahorro y eficiencia energética, como la cogeneración o la utilización de electrodomésticos eficientes.
• Carga contra la pobreza energética, prohibiendo a los beneficiarios del bono social y la tarifa reducida tener un sistema de autoconsumo.
• Es retroactivo: las instalaciones ya regularizadas por las comunidades autónomas entrarían en la ilegalidad si no se adaptan.
• Mantiene las multas de hasta 60 millones de euros para las instalaciones que no se regularicen con la nueva normativa.
• Reconoce la idoneidad del autoconsumo en Canarias, Baleares, Ceuta y Melilla, pero no las exime del “impuesto al sol”.
• Desprecia las resoluciones de las instituciones: Defensora del Pueblo, CNC y CNE, etc, en contra del texto.
• Vulnera la Constitución Española y directivas europeas.
• Favorece a las energías fósiles, a las que exime de los cargos por autoconsumo de sus centrales de generación.
• Convertiría a España, “el país del sol”, en el país con la regulación más dañina con el desarrollo del autoconsumo.

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