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El Supremo admite a trámite el recurso de AEE contra la orden de peajes que modifica las tarifas de la eólica

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El Tribunal Supremo ha admitido a trámite el recurso contencioso-administrativo presentado por la Asociación Empresarial Eólica (AEE) contra la Orden IET/221/2013, de 14 de febrero, por la que se establecen los peajes de acceso a partir del uno de enero de 2013 y las tarifas y primas del régimen especial. AEE considera que la citada disposición no se ajusta a Derecho y es gravemente lesiva para los intereses del sector eólico.
El Supremo admite a trámite el recurso de AEE contra la orden de peajes que modifica las tarifas de la eólica

Esta disposición aplica por primera vez el Real Decreto-Ley 2/2013 de medidas urgentes en el sistema eléctrico y, por lo tanto, constituye la primera posibilidad de discutir judicialmente tales medidas. Según la AEE, la forma en que se ha aprobado dicho Real Decreto-Ley, así como su contenido, "vulneran el Derecho Comunitario y la Constitución, lo que permite que, en el recurso frente a la Orden, se pongan en tela de juicio las medidas adoptadas de forma urgente por el Gobierno en el Real Decreto-Ley 2/2013". La asociación considera que estas medidas "suponen, por un lado, la eliminación de la posibilidad de acogerse a la opción de mercado más prima (lo que ha afectado a más del 90% de los parques eólicos españoles) y, por otro, la modificación de los parámetros de actualización de las tarifas, lo que supone una reducción de facto importante de la retribución".

Al límite
Por ello, AEE está haciendo "todo lo posible" para que se eliminen o modifiquen los "aspectos injustificados y perniciosos para el sector que contiene la norma". De hecho, en sus alegaciones a esta misma Orden de Peajes ante la Comisión Nacional de la Energía, AEE argumentó que la norma infringe los principios de rentabilidad razonable, seguridad jurídica y confianza legítima. Según la asociación, las empresas eólicas efectuaron sus inversiones al amparo de una planificación –con la que el sector siempre cumplió– y un marco jurídico que garantizaba la revisión de las tarifas, primas, complementos y límites inferior y superior, así como unas tasas de rentabilidad razonable. Sin embargo, "ninguno de estos principios se ha respetado al fijar los valores para la actualización de las tarifas que se incluyen en la orden ni la eliminación de la opción de mercado más prima, ya que la Tasa Interna de Retorno (TIR) de los parques eólicos se reducirá drásticamente, lo que pondrá a muchas instalaciones en una situación límite".

De la deconstrucción de un estado de derecho
Según la asociación, "ello vulnera, además del principio de rentabilidad razonable, el de confianza legítima, lo que contribuirá a alejar la inversión del sector y del país". Más aún: "el hecho de que la norma se publicara en febrero y sea de aplicación desde el uno de enero de 2013 -señala la AEE- supone un caso de retroactividad pura o propia, por lo que vulnera claramente los derechos adquiridos de las empresas, con la consiguiente inseguridad jurídica". El cambio del índice de actualización de la retribución supone que las tarifas para 2013 sean inferiores a las que existían en 2012 y que, en los próximos años, la retribución se encuentre aún más lejos de cumplir con el supuesto de la rentabilidad razonable. La AEE asegura que cerca del 70% de los parques eólicos españoles está financiado a través de créditos, "por lo que está en riesgo su viabilidad".

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