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Desestiman 18 parques eólicos y 3 plantas fotovoltaicas de Albarracín por vencer los plazos de las declaraciones ambientales

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Esa es la resolución que ha emitido el Movimiento ciudadano Teruel Existe sobre 18 parques eólicos y 3 plantas fotovoltaicas de la Sierra de Albarracín a la Comisión Nacional de Mercados de la Competencia (CNMC). Según la legislación aplicable, la obtención de la declaración de impacto ambiental favorable -informan desde el Movimiento- debe conseguirse con un plazo máximo de 31 meses desde la obtención del permiso de acceso y conexión (6 de mayo de 2021). Pero las DIAs emitidas para estos parques tienen fecha de 15 de diciembre de 2023, vencido el plazo establecido. La no acreditación de este hito administrativo ante el gestor de la red supone la caducidad automática de los permisos concedidos de acceso y, en su caso, también de conexión.
Desestiman 18 parques eólicos y 3 plantas fotovoltaicas de Albarracín por vencer los plazos de las declaraciones ambientales

El Movimiento ciudadano Teruel Existe han trasladado que 21 centrales eléctricas renovables con 18 parques eólicos y 3 plantas fotovoltaicas de la Sierra de Albarracín han caducado por incumplimiento de los plazos en la formulación de la Declaración de Impacto Ambiental Favorable y la Autorización administrativa previa. Esa es la resolución que ha emitido el grupo a la Sala de Supervisión Regulatoria de la Comisión Nacional de Mercados de la Competencia (CNMC), desestimando con ella las reclamaciones de Energía Inagotable de ENEAS S.L. y otros veinte promotores contra las respectivas comunicaciones de Red Eléctrica de España S.A. el 26 de enero de este año, en relación con la caducidad del permiso de acceso de estas 21 instalaciones de generación, en la SET La Eliana.

Según la legislación aplicable, la obtención de la declaración de impacto ambiental favorable -informan desde el Movimiento- debe conseguirse con un plazo máximo de 31 meses desde la obtención del permiso de acceso y conexión (6 de mayo de 2021). Pero las DIAs emitidas para estos parques tienen fecha de 15 de diciembre de 2023, vencido el plazo establecido. La no acreditación de este hito administrativo ante el gestor de la red supone la caducidad automática de los permisos concedidos de acceso y, en su caso, también de conexión. Por ello, la CNMC resuelve, con fecha de 18 de abril de 2024, desestimar los conflictos planteados por los promotores. Esta resolución agota la vía administrativa, que tan solo puede ser recurrida en la Sala de lo Contencioso - Administrativo, en plazo de dos meses.

No en todos los proyectos publicados se citan las fechas, pero en el caso de la planta fotovoltaica Larentina y sus infraestructuras de evacuación, se recoge que el permiso favorable para el punto de acceso y conexión se otorgó el 5 de junio de 2021. Según la legislación establecida, se debería haber obtenido la DIA en un plazo máximo de 31 meses y la Autorización administrativa previa en 34 meses. Estos plazos se cumplieron el 5 de enero y el 5 de abril de 2024, respectivamente. Por tanto, los permisos de acceso de esta planta y las infraestructuras aparejadas, habrían caducado.

La línea de transporte
Quedan también desestimados por la CNMC al menos dos de los tres tramos en que fraccionaron los proyectos de la línea de transporte para la evacuación de energía desde las provincias de Zaragoza y Teruel hasta la Comunidad Valenciana. Los parques eólicos de la Sierra de Albarracín, Jiloca, Campo de Belchite y Cinco Villas tenían previsto evacuar por esta línea. Los permisos de conexión y evacuación de la línea de 188 km entre Ojos Negros-La Eliana y Tauste-Gaussa caducaron al no acreditar el promotor el cumplimiento de los hitos administrativos exigidos ante el gestor de la red (REE). Sobre el tramo del PEol-783 obtuvieron el permiso de conexión el 27 de abril de 2021, por lo cual también es muy previsible que se desestimen por la Comisión Nacional de los Mercados de Competencia, aunque todavía no se ha emitido resolución desestimatoria.

En definitiva, desde Teruel Existe trasladan que "han sido (o serán) desestimados todos los tramos de la línea de transporte a la Comunidad Valenciana que acababan en las subestaciones de Gaussa, Valentia, La Eliana, Sima de Baldó y Catadau, con lo cual todos los parques eólicos y plantas fotovoltaicas que tenían previsto evacuar su energía a través de esta línea no podrán construirse, independientemente de la situación administrativa en la que se encuentren". El Movimiento ciudadano Teruel Existe "valora positivamente el efecto de las acciones de rechazo ciudadano y asociativo a esta masificación de renovables" y añaden la reflexión de que "se ha saturado tanto el territorio que ha tenido que ser el propio mercado eléctrico el que ha tenido que limitar este desarrollo para evitar males mayores. Ahora nos encontramos con una nueva oportunidad para repensar el desarrollo de las energías renovables en Aragón y para imponer una ordenación del territorio y una planificación de estas energías".

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