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Los equipos de calefacción con leña en el ámbito residencial serán subvencionables

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Es una de las medidas que ha aprobado el Consejo de Ministros como refuerzo de los programas de incentivos para sistemas de autoconsumo y almacenamiento con energías renovables, y para sistemas térmicos renovables en hogares y en diferentes sectores de la economía. Los requisitos para obtener las ayudas son: 1) el equipo debe tener la parte frontal cerrada; 2) la leña debe tener una humedad máxima del 20% (clase de propiedad M20 según lo establecido en la norma UNE-EN-ISO 17225-5); y 3) las instalaciones deben realizarse en municipios de menos de 50.000 habitantes, que no sean capitales de provincia. Otro de los cambios reseñables es el mayor apoyo que se proporciona al modelo de empresa de servicios energéticos (ESE) para facilitar las instalaciones a particulares u otras empresas que no tengan capacidad de abordar la inversión.
Los equipos de calefacción con leña en el ámbito residencial serán subvencionables

El pasado 17 de mayo, el Consejo de Ministros aprobaba el refuerzo de los programas de incentivos para sistemas de autoconsumo y almacenamiento con energías renovables, y para sistemas térmicos renovables en hogares y en diferentes sectores de la economía. Entre los cambios aprobados por el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico que afectan al sector de la biomasa destaca -informa la Asociación Española de Valorización Energética de la Biomasa (Avebiom)- la inclusión de los equipos de calefacción con leña entre los sistemas subvencionables en el ámbito residencial, siempre que cumplan ciertos requisitos: 1) el equipo debe tener la parte frontal cerrada; 2) la leña debe tener una humedad máxima del 20% (clase de propiedad M20 según lo establecido en la norma UNE-EN-ISO 17225-5); y 3) las instalaciones deben realizarse en municipios de menos de 50.000 habitantes, que no sean capitales de provincia.

Otro de los cambios reseñables es el mayor apoyo que se proporciona al modelo de empresa de servicios energéticos (ESE) para facilitar las instalaciones a particulares u otras empresas que no tengan capacidad de abordar la inversión. Desde Avebiom recuerdan que los aparatos de calefacción local o calderas de menos de 1 megavatio (MW) que utilicen biomasa deben acreditar que cumplen el reglamento de Ecodiseño (Reglamentos (UE) 2015/1185 y 2015/1189) y que el combustible empleado dispone de un certificado otorgado por una entidad independiente acreditada relativo al cumplimiento de la clase A1 según lo establecido en lasnormas UNE-EN-ISO 17225, UNE 164003 o UNE 164004.

Estos programas de incentivos se encuadran en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR), están recogidos en el Real Decreto 447/2021 y el Real Decreto 1124/2021, y los gestiona el Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE), y que modifican el RD 477/2021 relativo a los programas de incentivos para sistemas de autoconsumo y almacenamiento y para sistemas térmicos renovables en hogares y otros sectores de la economía.

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