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El Defensor del Pueblo desvela cómo tratan el Gobierno y las eléctricas a los consumidores vulnerables

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Primero, subimos la luz (el Gobierno sube la parte regulada y el mercado -o el oligopolio- se ocupa de la otra). Simultáneamente, "oscurecemos" la contratación (de modo que sea difícil identificar la oferta más barata o el contrato que más se ajusta a nuestras necesidades). Además, ni informamos suficientemente al usuario sobre sus derechos (de manera que muchos no podrán ejercerlos cuando corresponda), ni definimos con claridad qué es un "consumidor vulnerable" (de modo que muchos no podrán acogerse a las ayudas). Así es la pobreza. Energética. Y política.
El Defensor del Pueblo desvela cómo tratan el Gobierno y las eléctricas a los consumidores vulnerables

"La insuficiencia de recursos energéticos supone un riesgo para la salud psicofísica de las personas, pudiendo agravar o empeorar enfermedades (cardiovasculares o respiratorias) o incluso determinar la muerte". Lo dice el último informe del Defensor del Pueblo, que se titula «Protección de los consumidores vulnerables en materia de energía eléctrica». El informe acaba de ver la luz, pero lo cierto es que nace de una jornada -«Medidas para la Protección de los Consumidores Vulnerables en Materia de Energía Eléctrica»- que tuvo lugar el pasado 29 de marzo en Madrid, en la mismísima sede del Defensor del Pueblo.

La jornada en cuestión constó de una sesión inaugural, una ponencia marco y dos mesas redondas: la primera, sobre el concepto de "consumidor vulnerable"; la segunda, sobre el procedimiento para evitar el corte de suministro eléctrico a esos consumidores. Participaron en la jornada responsables de la administración, expertos en la materia y representantes de empresas eléctricas y asociaciones de consumidores. Pues bien, el Defensor del Pueblo acaba de publicar el informe «Protección de los consumidores vulnerables en materia de energía eléctrica», un informe que recoge las Conclusiones de aquella jornada y que presenta así mismo once recomendaciones (11) "a la Secretaría de Estado ante la nueva regulación del bono social".

El informe recoge 26 Conclusiones
El Defensor del Pueblo comienza, en la conclusión número 1, y a Modo de Declaración de Principios, apelando a "la íntima relación entre la energía y los derechos humanos" y a la necesidad de "promover algún tipo de protección pública eficaz para garantizar esos derechos". La conclusión número 3 introduce ya el concepto de «vulnerabilidad energética», que es -dice literalmente- "la situación en la que los hogares no disponen de rentas suficientes como para satisfacer las necesidades básicas de energía". El Defensor del Pueblo recoge también el concepto de «eat or heat»: algunos hogares -dice-, debido a la escasez de su renta disponible, "se enfrentan al dilema de elegir entre gastos" (por ejemplo, alimentos o vestido; alimentos o energía).

Conclusión número 3: "la insuficiencia de recursos energéticos supone un riesgo para la salud psicofísica de las personas, pudiendo agravar o empeorar enfermedades (cardiovasculares o respiratorias) o incluso determinar la muerte".

¿Y por qué una familia no puede pagar la factura?
Pues, grosso modo, por uno de estos dos motivos. Esa familia no cuenta con los ingresos suficientes como para afrontar ese pago (la clave pues son los "ingresos"). O el bien a adquirir -en este caso la energía- tiene un precio prohibitivo (la clave en este caso está en el "gasto"). En definitiva, que el problema estriba en ganar demasiado poco, o en verse obligado a pagar una cantidad demasiado elevada en relación a los ingresos propios.

Y ahí el Defensor del Pueblo denuncia, para empezar, el "significativo" encarecimiento que ha experimentado la energía en estos últimos años. El informe dice así: "en el ámbito de la energía eléctrica, la proporción de ingresos que los hogares dedican a su pago se ha incrementado de manera muy significativa en los últimos años por la crisis económica y por la subida del precio de la electricidad". Es decir... macroeconomía (la crisis) y microeconomía, mi factura.

Más aún: en lo que se refiere al encarecimiento de la electricidad, el Defensor del Pueblo destaca el rol del Gobierno
"En el precio de la electricidad es destacable -dice el informe- el creciente peso que la parte fija (correspondiente al término de potencia) tiene en el total de la factura". Y esa parte, la fija, la controla el Gobierno, que decide cuánto hay que pagar por ella. Y el Gobierno Rajoy ha encarecido esa parte -en algunos tramos de potencia- hasta un 125% en los últimos tres años.

Los impuestos directos también son competencia del Gobierno, y también son asunto abordado en el informe que nos ocupa: "entre los factores que determinan el elevado precio de la energía eléctrica -dice ese informe- es de destacar la elevada fiscalidad, con un IVA del 21%, a lo que se suma un impuesto especial sobre la electricidad" (del 7%, impuesto creado por el Ejecutivo Rajoy en la anterior legislatura).

El Defensor del Pueblo denuncia en ese sentido que, "a pesar de que el suministro de energía eléctrica a las personas físicas, en su domicilio habitual, es de primera necesidad, no se beneficia de los tipos reducidos de otros bienes y servicios que tienen esta característica" (o sea, ser de primera necesidad). Acto seguido, el informe sugiere que se exploren "medidas para reducir la fiscalidad de la energía eléctrica".

El Defensor del Pueblo denuncia además que "la imposibilidad que tienen las personas físicas para reducir su consumo se ve acentuada por una regulación restrictiva que dificulta los cambios de potencia eléctrica contratada, o que penaliza el autoconsumo". O sea, que el Gobierno sube por una parte la luz y, simultáneamente, dificulta por la otra el ahorro, con impuestos como el IVA, el del 7% o el del Sol.

Conclusión número 6: "el creciente peso que la parte fija (correspondiente al término de potencia) tiene en el total de la factura desincentiva las medidas de ahorro y eficiencia, puesto que, al ser tan elevada la parte fija, [el menor consumo de kilovatios hora] no se traduce en una bajada de la factura proporcional al esfuerzo realizado".

¿Y de las compañías eléctricas?
El informe habla de contrataciones oscuras, prácticas comerciales engañosas, indefensión del consumidor frente a las grandes compañías. Contra todo ello, el Defensor del Pueblo considera "imprescindible" incrementar la información que recibe el consumidor. Y es que, según la conclusión número 9 del informe, son frecuentes los casos "de contratación engañosa, de prácticas comerciales agresivas e incluso de cambios de compañía" sin el consentimiento del afectado: "las personas mayores que viven solas son las más propensas a sufrir este tipo de prácticas".

El Defensor alerta de la "pérdida de derechos" que conlleva la transición desde el Precio Voluntario para el Pequeño Consumidor (PVPC) al mercado libre. "Es evidente -dice el informe- que muchas de las personas que tienen suscrito un contrato en el mercado libre no son conocedoras de la pérdida de derechos que conlleva" (si uno tiene contrato PVPC y dificultades para pagar, puede solicitar bono social; si está en el mercado libre, no). Pues bien, en lo que a ese extremo se refiere, el Defensor del Pueblo propone "mejorar los procesos de contratación y promover la protección frente a los cortes por impago a todos los consumidores domésticos, estén o no en el mercado libre".

El informe critica al legislador por no haber definido la figura de "consumidor vulnerable" en la Ley del Sector Eléctrico de 2013, una ley marco -clave de la reforma energética- que lo toca prácticamente todo -reforma por completo el marco anterior-, pero que, sin embargo, parece haberse olvidado de los más vulnerables. El Defensor del Pueblo hace sobre el particular una serie de apuntes muy concretos (los recoge en su conclusión número 16, a continuación).

Conclusión número 16: "para decidir el ámbito de cobertura del concepto de consumidor vulnerable, hay que proteger los hogares donde residan menores de edad, personas mayores y personas con discapacidad. Se ha de valorar el principio de interés superior del menor, y el hecho de que la falta de suministro eléctrico afecta a un derecho fundamental que es la educación, porque en los meses de invierno los menores han de realizar sus tareas escolares después de la puesta de sol. Del mismo modo, las personas mayores y las personas con discapacidad cuentan con unas necesidades particulares que no pueden olvidarse".

Además -dice en otro punto el informe-, "es importante una adecuada divulgación y publicidad, para que no haya personas excluidas, bien por desconocimiento, bien por dificultades de acceso a Internet".

Seguimiento por parte de la Administración
El informe del Defensor del Pueblo insiste en la necesidad de que la Administración participe siempre, en todo procedimiento, antes de que se produzca el corte de suministro. En la trastienda de ese apunte suena aún seguramente la última trágica muerte derivada de la pobreza energética en España, la de Rosa Pitarch, una mujer octogenaria que vivía en Reus y a la que su compañía le cortó el suministro de gas hace unos meses. Rosa dejó de pagar, Gas Natural cortó el suministro, la mujer se quedó sin electricidad, comenzó a usar velas... y el resto es historia: historia triste de un incendio por la noche, la huida precipitada de una mujer anciana, un tropiezo y el final: muerte por asfixia. El Defensor del Pueblo propone en su conclusión número 20 lo siguiente.

Conclusión número 20: "la consideración del suministro eléctrico como un derecho esencial determina que no pueda cortarse por impago hasta que no se recabe la información de los servicios sociales para verificar si hay una situación de vulnerabilidad que deba ser objeto de atención. El Defensor del Pueblo, en varias ocasiones, ha recomendado establecer como preceptiva la intervención de la Administración competente, previo informe de los servicios sociales, antes de proceder a la interrupción de un suministro eléctrico".

Recomendaciones formuladas en el informe con destino a la Secretaría de Estado ante la nueva regulación del bono social
1. Definir un concepto de consumidor vulnerable de acuerdo con criterios de renta del consumidor. [¿No resulta sorprendente que esto no lo haya hecho antes la Administración, ninguna administración? (¡!)].

2. Modular el umbral de renta de conformidad con las circunstancias personales, siempre y cuando la elección de las mismas y su modulación estén debidamente justificadas y no supongan discriminación.

3. Estudiar la posibilidad de reducir la parte fija de la factura eléctrica de manera que se incentive el ahorro.

4. Crear un sistema de acreditación de la condición de consumidor vulnerable sencillo, ágil y eficaz.

5. Dar publicidad suficiente a los requisitos para acceder al bono social de manera que llegue al conocimiento de las personas afectadas.

6. Establecer un procedimiento de impugnación en caso de denegación del derecho al bono social.

7. Prever la coordinación administrativa necesaria en este procedimiento de acreditación de consumidor vulnerable y reconocimiento del derecho al bono social, así como un sistema idóneo de comunicación con las empresas.

8. Introducir entre las medidas de protección contra el corte de suministro a los consumidores vulnerables a aquellos que estén acogidos al mercado libre.

9. Añadir entre las medidas de protección contra el corte de suministro a los consumidores vulnerables provenientes de impagos de deudas procedentes de una refacturación por supuesto fraude.

10. Incluir entre las medidas de protección contra el corte de suministro disposiciones, que tengan en cuenta la necesidad de proteger a los niños, personas mayores y personas con discapacidad. [¿No resulta sorprendente que algo tan básico como esto no esté contemplado aún -año 2017- en la legislación española; no resulta sorprendente más aún habida cuenta de que hace solo tres años y medio que el Gobierno aprobó su nueva Ley del Sector Eléctrico? (¡!)].

11. Establecer un órgano de cooperación administrativa que se reúna con carácter periódico para resolver los problemas que se planteen en la aplicación de las nuevas medidas.

«Protección de los consumidores vulnerables en materia de energía eléctrica»

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Luis Cuena
Muy bien Antonio, excelente la entrada del artículo: clara y contundente. A destacar lo de la parte fija de la tarifa (derogar la subida del PP y volver, al menos, a la situación anterior) y lo que hace al IVA (que la electricidad se la considera como un bien de primera necesidad irrenunciable, y se acabe con un tipo impositivo generalizado del 21%). Sólo ésto tendría per se más impacto social que cualquier sucedáneo de bono eléctrico, porque se aplicaría a todo el mundo y no habría que pedirlo, entre otras cosas.
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