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Biomasa, geotermia, solar térmica

Aquí hay ayudas para la rehabilitación energética de edificios que se encuentren en municipios de menos de 5.000 habitantes

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El Gobierno ha asignado 50 millones de euros al Programa de  Rehabilitación Energética en Edificios existentes en municipios y  núcleos de menos de 5.000 habitantes (PREE 5000). Las ayudas deberán ser aplicadas en la sustitución de instalaciones de generación térmica fósil (carbón, gas natural, butano, propano) por aquellas de generación térmica basadas en fuentes renovables, como la biomasa, la geotermia (bomba de calor) o la solar térmica. El Programa PREE 5000 también quiere promover las comunidades de energías renovables o comunidades renovables ciudadanas de energía.
Aquí hay ayudas para la rehabilitación energética de edificios que se encuentren en municipios de menos de 5.000 habitantes

El programa de rehabilitación energética de edificios en municipios de  menos de 5.000 habitantes (PREE 5000), dotado con 50 millones de euros  y financiado a través del Plan de Recuperación, Transformación y  Resiliencia, tiene por objetivo impulsar la sostenibilidad en esos núcleos promoviendo cambios relacionados con la envolvente térmica,  con las instalaciones de generación térmica, o con los sistemas de  iluminación. El objetivo principal en todo caso es dar impulso a la  sostenibilidad de la edificación, ya que existe un parque de viviendas  que no está dotado de calefacción. En concreto, estos municipios y  núcleos de menos de 5.000 habitantes suman un total de 6.827 en el que  se albergan 5,7 millones de personas (12% de la población total). Así,  el fin concreto de las ayudas que da este programa es sustituir  instalaciones de generación térmica con combustibles de origen fósil  por aquellas de generación térmica basadas en fuentes renovables como  la biomasa, la geotermia (bomba de calor) o la solar térmica, además  de la incorporación de tecnologías de regulación y control.

El programa PREE 5.000 también concede un protagonismo especial a las  comunidades de energías renovables o comunidades de energía, y supone  la continuidad de programas como PAREER-CRECE, PAREER (Programa de  ayudas para la rehabilitación energética de edificios existentes) II o  PREE, puestos en marcha desde 2013 con un presupuesto superior a los  700 millones.

PREE, que cuenta con una dotación presupuestaria de 50 millones de  euros, está incluido en el Plan de Recuperación, Transformación y  Resiliencia (PRTR), y está coordinado con las comunidades autónomas a  través del Instituto para la Diversificacion y el Ahorro de la Energía  (IDAE). Estas ayudas estarán vigentes hasta el 31 de diciembre de  2023, con posibilidad de ser ampliadas si hay disponibilidad  presupuestaria y no ha expirado el plazo de vigencia.

Características de las ayudas
Estas subvenciones tienen tres ejes: mejora de la envolvente térmica,  mejora de la eficiencia energética de las instalaciones térmicas y  mejora de las instalaciones de iluminación. Esto deberá adecuarse en  edificios construidos antes del año 2007 y tendrán que ahorrar un 30%  de energía primaria no renovable y mejorar su calificación energética  total en, al menos, una letra con respecto a la calificación inicial.

El tipo de edificios que se pueden ajustar al Programa PREE 5.000 son  aquellos que tengan los siguientes usos: edificios de vivienda  unifamiliar, edificios de tipología residencial colectiva de vivienda  y edificios de uso administrativo, sanitario, docente, o cultural,  entre otros. Por su parte, aquellas actuaciones realizadas en  edificios de nueva construcción en las que se amplie la superficie o  el volumen construido, o se haga un cambio de uso del edificio, no  serán materia subvencionable. Especial atención tendrán aquellos  edificios que acogen a colectivos vulnerables y afectados por la  pobreza energética.

Las cuantías de las ayudas base contempladas para actuaciones en  edificios completos, serán las siguientes: 50% para la tipología de  mejora de la envolvente; 40% para actuaciones en mejora de las  instalaciones térmicas y 20% para mejoras de eficiencia energética en  instalaciones de iluminación.

Además, se puede conseguir una ayuda adicional si se eleva la  calificación energética del edificios para obtener una clase energética A o B, en la escala de CO2, o si se incrementa en dos  letras la calificación energética de partida.

Tipos de destinatario de las ayudas
• Personas físicas o jurídicas de naturaleza privada o pública que  sean propietarias de edificios existentes destinados a cualquier uso.
• Comunidades de propietarios o agrupaciones de comunidades de  propietarios de edificios residenciales de uso vivienda.
• Propietarios que, de forma agrupada, que reúnan los requisitos  establecidos en el artículo 396 del Código Civil y no hubiesen  otorgado el título constitutivo de propiedad horizontal.
• Empresas explotadoras, arrendatarias o concesionarias de edificios,  que acrediten dicha condición.
• Empresas de servicios energéticos (ESEs), o proveedores de servicios  energéticos.
• Entidades locales y sector público institucional de las  administraciones públicas.
• Comunidades de energías renovables y las comunidades ciudadanas de energía.
• Ayuntamientos, diputaciones provinciales o entidades locales  equivalentes y mancomunidades o agrupaciones de municipios españoles,  cabildos y consejos insulares, administraciones de las comunidades  autónomas, y cualesquiera organismos públicos y entidades de derecho  público vinculados o dependientes de las referidas administraciones  públicas, que podrán actuar en representación de comunidades de  propietarios u otros propietarios de edificios.

Reparto de los fondos por Comunidades Autónomas
El criterio de distribución de los 50 millones de presupuesto es el  número de municipios y núcleos de menos de 5.000 habitantes, así como  su población en cada comunidad autónoma, con una ponderación del 50%  cada criterio. Aquellas comunidades beneficiadas con estas ayudas  podrán destinar la partida presupuestaria a los destinatarios últimos  o ejecutar directamente las actividades. Además, deberán aprobar y  publicar una convocatoria de ayudas designando el órgano competente para instruir y resolver el procedimiento de concesión de las mismas  y, en su caso, establecer la reserva de presupuesto correspondiente  para realizar inversiones directas.

Las tres comunidades autónomas mejor favorecidas con el reparto  presupuestario territorial son Castilla y León con 10.945.000 euros;  Cataluña con 5.782.500 euros; y Andalucía con 5.667.500 euros.

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