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La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia vapulea la subasta de energías renovables

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Críticas con respecto a la transparencia (o a la falta de la misma), críticas con respecto a la libre competencia (que podría estar siendo vulnerada) y críticas con respecto al modus operandi (irregular) del Ministerio de Energía. La CNMC ha publicado esta mañana dos informes que ponen muy en tela de juicio varias de las reglas que ha ideado el Gobierno para esta subasta. Ninguno de los dos informes -abajo incluimos sendos enlaces- habría sido tenido en cuenta por el Gobierno, que publicó las reglas de la subasta el sábado y la convocatoria de la misma, hoy.
La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia vapulea la subasta de energías renovables

El Ministerio elabora borradores de Orden, o borradores de Real Decreto, o borradores de Resolución de Convocatorias de Subastas, borradores previos a los textos que finalmente aprobará. Una vez elaborados, los envía a la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) para que esta los evalúe. La Comisión los evalúa efectivamente (es su obligación), y plantea propuestas de mejora si ha lugar. Y, por fin, el Ministerio acepta las recomendaciones de la Comisión, o no las acepta (los informes de la CNMC son preceptivos, pero no son vinculantes). Pues bien, en este caso el Ministerio no ha guardado siquiera las formas (modus operandi) y... oh, sorpresa: aunque pidió los informes, al final ha publicado, antes de recibirlos, tanto la Orden (que detalla el procedimiento y las reglas de la subasta), como la Resolución (que concreta la fecha y otros asuntos relacionados con la convocatoria de esta).

Ejemplo del modus operandi ministerial
La historia es tal y como sigue: el 7 de marzo obra entrada en el Registro de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia "escrito del Secretario de Estado de Energía por el que se remite, para la evacuación del preceptivo informe, la propuesta de Resolución de la Secretaría de Estado de Energía por la que se convoca una subasta". Bien, pues el Boletín Oficial del Estado de hoy, por sorpresa, ha publicado la Resolución de 10 de abril de 2017, de la Secretaría de Estado de Energía por la que se convoca esa subasta (véase). O sea, que el Ministerio de Energía, el que envió el 7 de marzo a la CNMC un borrador de propuesta para que la CNMC lo evaluara, ha decidido obviar esa evaluación y ha publicado lo que ha considerado oportuno sin valorar si mejoraban el producto o no las recomendaciones de la Comisión. Con la Orden obró así (obviando el informe de la CNMC) el pasado sábado; con esta Resolución, hoy.

Y ha sido esa quizá la gota que ha colmado el vaso de la paciencia de la Comisión
Porque la CNMC, hoy, a las nueve de la mañana, ha difundido un comunicado en el que "lamenta..." lo sucedido (lamenta que el Ministerio no haya tenido en cuenta sus informes). Además, Competencia ha adjuntado a ese comunicado los dos informes que ha elaborado a lo largo de estas semanas: el informe sobre la propuesta de Reglas de la Subasta y el informe sobre la propuesta de Convocatoria (en realidad, son informes a toro pasado, pues el Ejecutivo ya ha ejecutado: ya ha aprobado tanto las reglas como la convocatoria). En todo caso, los dos informes vendrían a denunciar que la subasta convocada por el Ministerio de Energía no es lo suficientemente transparente y que tampoco estaría plenamente garantizada la libre y justa competencia. La Comisión propone así "que se modifiquen varios aspectos de las reglas de la subasta con el fin de que esta sea más competitiva y transparente".

En cuanto a la Resolución que establece la convocatoria de la próxima subasta de renovables (la hoy publicada en el BOE), la CNMC propone como "principal recomendación" que no se establezcan límites a los descuentos (valores máximos del porcentaje de reducción) que las empresas renovables ofrecerán en su puja con respecto al valor patrón que ofrece el Ministerio. La idea sería la siguiente: en la subasta el Ministerio dice un precio de partida y las empresas que pujan deben ir rebajándolo; el que más lo rebaja se adjudica la potencia a instalar y cobrará el kilovatio hora de electricidad que genere a razón de ese precio que ofertó (el más barato). ¿Qué ocurre en este caso? Que el Ministerio ha puesto un suelo a esa rebaja. ¿Y qué dice Competencia? Que no lo ponga, "con el fin de que no se reduzca la presión competitiva en la subasta, y de no restringir la horquilla de descuentos".

En el Ministerio el discurso es bipolar
Por una parte, Nadal y compañía aseguran que su subasta será "tecnológicamente neutra", en el sentido de que serán adjudicados "aquellos proyectos que supongan un menor coste para el consumidor", independientemente de que sean fotovoltaicos o eólicos. Por otra parte, sin embargo, Nadal y compañía han cuajado su subasta de números que desvirtúan esa presunta neutralidad. A saber: los suelos (para evitar -dicen- las bajas temerarias) o las horas de funcionamiento (léase sobre el particular). Competencia no está de acuerdo con ninguno de esos números. Como apuntábamos en el párrafo anterior, precisamente su "principal recomendación" es que no se establezcan límites (suelo) a los descuentos, entre otras cosas (y también) para que las ofertas "puedan ordenarse sin necesidad de recurrir a criterios de desempate más discutibles" (el Gobierno ha establecido una regla según la cual en caso de empate -en la rebaja máxima- la potencia se le asignaría a la eólica, lo cual ha sido lógicamente muy criticado por numerosos actores del sector).

La CNMC sintoniza con ese discurso. Y, así, propone que, "a la hora de ordenar las ofertas para adjudicar los distintos bloques subastados, en caso de indeterminación o empate, se elimine el criterio del número de horas equivalentes de funcionamiento de las distintas instalaciones de energía renovables".

Más recomendaciones
El informe de la CNMC solicita además que el volumen que presenten las empresas que acuden a la subasta sea "vinculante" respecto al valor patrón de referencia fijado por el Ministerio para cada tipo de tecnología renovable. "Esta medida -apunta la Comisión- posibilitaría tener certidumbre sobre la presión competitiva que existe por parte de las empresas antes de la subasta". O sea, que si una empresa oferta 50 MW y el precio que ha fijado el Gobierno (de instalación por megavatio) es 1,2 millones de euros, pues que el hecho solo de presentarse a la subasta implique que esa empresa es capaz de efectuar esa inversión.

La CNMC recomienda por otra parte que la cantidad de potencia adjudicada finalmente en la subasta no sea inferior a la potencia a subastar. "Este supuesto -alerta Competencia- podría darse si las empresas de renovables que acuden a la subasta ofertasen un volumen de potencia superior, por ejemplo, a la hora de pujar por determinados bloques de energía que son indivisibles y superaran el monto ofertado". El Ejecutivo no solo no ha hecho caso a esta recomendación -que aparece en el informe de la CNMC publicado hoy-, sino que ha elevado de 100 a 200 MW los bloques indivisibles, lo que incrementa ese riesgo: que no se adjudiquen ni 2.000 MW.

El informe de la CNMC incluye un ejemplo que explica esta posibilidad

Se podrá aplazar la subasta
La Resolución por la que se convoca la subasta -la resolución que ha publicado hoy el BOE y a la que ha seguido inmediatamente la publicación de los informes de la CNMC- dice literalmente lo siguiente: "a petición justificada de la Entidad Administradora de la Subasta y tras comunicación a los representantes designados por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, [el Gobierno] podrá aplazar la subasta en cualquier momento". Más aún: "igualmente, y por resolución de la Secretaría de Estado de Energía se podrá suspender o modificar la totalidad o parte del calendario de la subasta por motivos técnicos operativos importantes". La entidad administradora de esta subasta es el Operador Español del Mercado Eléctrico (OMIE).

Pues bien, la Comisión ya alertaba en su informe de los riesgos que entraña el eufemismo "a petición justificada de la Entidad Administradora de la Subasta", o sea, a petición de OMIE. Y por eso la Comisión recomienda en este informe (página 4) que, antes de que se celebre la subasta, "la Entidad Administradora (OMIE) debe proponer a la Secretaría de Estado de Energía los criterios por los que la subasta podría aplazarse". El informe de la CNMC no obstante ha llegado hoy, después de publicada en el BOE la Resolución, por lo que esa recomendación (abajo la recogemos) llega a toro pasado.

«esta Sala considera necesario que la Entidad Administradora de la subasta proponga a la Secretaría de Estado de Energía los criterios objetivables aplicables para el aplazamiento de la subasta y que, una vez aprobados, notifique estos criterios a los representantes de la CNMC, en su calidad de entidad supervisora de la subasta»

Finalmente, la CNMC señala que se debería evitar que las empresas que resulten asignatarias en la subasta deban presentar garantías (efectivo, avales y seguros de caución) por duplicado. Este supuesto afectará a las empresas que se adjudiquen alguno de los bloques subastados porque deberán presentar una serie de garantías antes de participar en la subasta (garantías de participación), y, otras, posteriormente, cuando se inscriban en el registro empresas de régimen retributivo específico.

Informe CNMC: SUB/DE/002/17 (procedimiento y reglas)
Informe CNMC: SUB/DE/003/17 (convocatoria subasta)

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