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Seguridad jurídica, ¿y eso qué es?

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Cuando un Gobierno atenta contra la seguridad jurídica, y la sociedad no reacciona ante tal atropello, aquel tendrá la tentación de seguir haciendo análogas actuaciones cuando lo considere conveniente, alegando que lo hace para salvaguardar los intereses generales de los ciudadanos, que están por encima de los intereses egoístas y poco solidarios de los particulares. Es un artículo de Alberto Cuartas, miembro de la Junta Directiva de Anpier, que se publicó el 24 de junio en El Diario Montañés.

Seguridad jurídica, ¿y eso qué es?

Durante estas últimas semanas se han celebrado las juntas generales de las empresas para aprobar las cuentas y gestión social correspondientes al año 2016. En ellas, muchos asistentes se han enterando, con gran disgusto por su parte, de las medidas retroactivas aprobadas por el Gobierno por las que los tímidos beneficios que comienzan a generarse en las empresas no pueden compensarse plenamente con las importantes pérdidas sufridas durante estos años de crisis, lo que unido a la obligación de ingresar en Hacienda las depreciaciones realizadas en las inversiones realizadas en los ejercicios previos a 2013, supone para las mismas un quebranto tal que pone a muchas de ellas en serias dificultades de tesorería, cuando no directamente abocadas a la quiebra.

En reiteradas ocasiones he hecho referencia a que cuando un Gobierno atenta contra la seguridad jurídica, y la sociedad no reacciona ante tal atropello, aquel tendrá la tentación de seguir haciendo análogas actuaciones en cuantos otros campos considere conveniente, alegando, para justificar tales medidas, que lo hace para salvaguardar los intereses generales de los ciudadanos, los cuales, se justificará, están por encima de los intereses, egoístas y poco solidarios, de los particulares.

Aunque es cierto que tales actos son propios de regímenes populistas, cuando no directamente dictatoriales, hay ocasiones en las que algunos gobiernos, que se califican de liberales, sienten análoga tentación, si bien en tal caso se espera que los tribunales, llegado el caso, pondrán firme al Gobierno de turno y no le permitirán modificar las condiciones en base a las cuales los inversores tomaron sus decisiones.

Sin embargo, y por aquello de que España es diferente, nuestros máximos órganos judiciales, so pretexto del interés económico general, no han dudado, en algunas ocasiones, bendecir cambios retroactivos muy perjudiciales para los inversores –aunque hay magistrados que se han posicionado contra ellas a través de sus votos particulares– lo que ha abocado a la ruina económica a miles de ciudadanos que habían confiado en su Gobierno y en el Boletín Oficial del Estado.

Ese fue el caso de los pequeños productores fotovoltaicos, a los cuales el Gobierno solicitó su participación para el desarrollo en España de tal tecnología, para, hechas las correspondientes inversiones y obtenidos los objetivos buscados, cambiarles, una y otra vez, las condiciones comprometidas, reduciéndoles los ingresos hasta en un cincuenta por ciento y, por si ello fuese poco, seguir amenazándoles con reducírselos aún más en el futuro.

Desgraciadamente, en aquella ocasión, muchos miraron para otro lado y no quisieron ver las consecuencias que actuaciones de ese tipo podían traer en el futuro, y a pesar de que había sido el IDAE –organismo dependiente del Ministerio de Industria– quien animó a los particulares a invertir sus ahorros en plantas fotovoltaicas con grandes anuncios, y el eslogan "el sol es suyo",  trataron de justificar el desaguisado hecho por el Gobierno diciendo que tales inversiones fueron un producto financiero más de los bancos, cuando la realidad es que éstos se limitaron a conceder los créditos solicitados siempre que fuesen respaldados con los ingresos procedentes de la propia planta –ingresos teóricamente garantizados por el BOE– y los bienes particulares del solicitante.

Una actuación de ese tipo entre particulares seguro que hubiera sido calificada de engaño y estafa, ¿o no? Sin embargo nuestros altos tribunales, además del interés económico general, dijeron que los inversores –agricultores, pequeñas empresas y similares– debían saber que el Gobierno, en función de la situación económica, podía modificar la correspondiente normativa y, por ello, debían ser conscientes del riesgo regulatorio en el que incurrían. Genial, ¿no? A la vista de tal razonamiento la conclusión final, lógicamente, es: no se fíe usted del Boletín Oficial del Estado ni piense que los jueces le van a proteger si el Gobierno le engaña.

Por ello, admitir que el Gobierno adopte acciones retroactivas sobre los derechos adquiridos por los ciudadanos –no tomándolas en consideración porque a nosotros no nos afectan– acaba trayendo graves consecuencias para todos, tal y como ahora muchos están comprobando en sus propias carnes. Pues iniciado el camino del asalto a la seguridad jurídica puede llegar un momento que, llevados por la costumbre de ignorar tan elemental principio, cuando alguien, extranjero o nacional, a la hora de decidir si invierte o no en España, pregunte si sus inversiones gozarán de la adecuada seguridad jurídica. La respuesta será: ¿seguridad jurídica?, ¿y eso qué es? Llegado a ese punto, sus efectos, lógicamente, serán demoledores para nuestra economía y para nuestra imagen como país serio y desarrollado.

Y es que cerrar los ojos ante tales actuaciones puede conducirnos, con la lógica diferencia que la tragedia a la que alude exige, a lo expuesto en ese memorable poema al que ya he hecho referencia en otra ocasión que dice: "Cuando los nazis vinieron por los comunistas/ me quedé callado;/ yo no era comunista./ Cuando encerraron a los socialdemócratas/ permanecí en silencio;/ yo no era socialdemócrata./ Cuando llegaron por los sindicalistas/ no dije nada;/ yo no era sindicalista./ Cuando vinieron por los judíos/ no pronuncie palabra;/ yo no era judío./ Cuando vinieron por mi/ no había nadie para decir algo".

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