El sector eólico ha expresado, a través de un comunicado que difundió ayer, su "más rotundo rechazo" a la propuesta de la Xunta de Galicia de obligar a vender el 50 por ciento de la electricidad generada por instalaciones eólicas a empresas exclusivamente gallegas a través de PPAs (contratos bilaterales de compraventa de electricidad de largo plazo). La propuesta de la Xunta de Galicia, de la que ER informa aquí, grosso modo consiste, como se apunta arriba, en obligar a los parques eólicos gallegos a vender el 50% de su electricidad a las pymes y empresas gallegas mediante PPAs. Pues bien, según la Asociación Empresarial Eólica (AEE), esta propuesta no solo "va en contra de la legislación del mercado eléctrico de la Unión Europea", sino que también violaría la Ley del Sector Eléctrico de España. La Asociación, que habla de "ataque a los derechos fundamentales que rigen en la propia comunidad autónoma gallega, en España y Europa", recuerda en su comunicado que "una ley autonómica en ningún caso puede contradecir una ley estatal y mucho menos europea" y advierte que "hay empresas que ya tienen toda su energía comprometida mediante PPAs con industriales hasta más allá de 2030", por lo que la hipotética medida estaría obligando a romper los contratos que los promotores hubieran firmado ya con consumidores, "generando una judicialización en todo el sector". La medida, "de prosperar -añaden en AEE-, implicará sanciones internacionales y activaría arbitrajes internacionales".
La propuesta de la Xunta de Galicia vulnera entre otros los siguientes aspectos legales, según AEE
• La configuración de la generación de energía eléctrica como una actividad liberalizada y libre (artículo 2, Ley 24/2013 del Sector Eléctrico ) y la afectación al principio de libertad de empresa (artículo 38 de la Constitución Española). La Ley del Sector Eléctrico es una Ley estatal básica (artículo 149.1.13 y 149.1.23).
• También vulneraría, según AEE, el Artículo 8.1 de la Ley del Sector Eléctrico que establece claramente que “los sujetos […] que actúen en el mercado de producción […] podrán pactar libremente los términos de los contratos de compraventa de energía eléctrica que suscriban”.
• La medida impulsada desde la Xunta vulneraría así mismo, según AEE, el derecho a la libertad de establecimiento de acuerdo al Tratado de Funcionamiento de la UE (TFUE), al obligar a una empresa que venda el 50% de su electricidad a un conjunto de consumidores determinado. Además, el Preámbulo de la Directiva 2019/944 señala que “…(11) Solo un mercado interior plenamente abierto que permita […] a todos los suministradores abastecer libremente a sus clientes es compatible con las libertades”.
• Adicionalmente -añaden desde AEE- se infringe el artículo 3.4 de la Directiva 2019/944. “Los Estados miembros velarán por unas condiciones de competencia equitativas y para que las normas, las tasas y el trato que se aplique a las empresas eléctricas sean transparentes, proporcionados y no discriminatorios”.
Consecuencias
La estabilidad regulatoria y la seguridad jurídica (la credibilidad de la Xunta, en definitiva) se están viendo afectadas ya, según AEE: "este nuevo anuncio agrava la situación de inestabilidad para las empresas", lamenta la Asociación, que insiste en reclamar "que impere el sentido común y el respeto a la legislación vigente nacional y europea" para no perjudicar el desarrollo económico de la región.
La patronal eólica añade en ese sentido que, "además de paralizar las inversiones en Galicia de los promotores", la implementación de esa medida podría terminar encareciendo la energía eléctrica para el conjunto de la población.
"La forma más eficiente y la exigida en Europa para obtener un mejor precio para compradores y vendedores es -considera la Asociación- con mecanismos de mercado, sin limitaciones, restricciones u orientaciones a determinados consumidores o colectivos".
Así -continúa AEE-, uno de los efectos de esta nueva iniciativa de la Xunta (la imposición de venta de al menos el 50% de la energía generada a un determinado colectivo) sería "una distorsión en la fijación de precios del mercado, lo que terminaría perjudicando a otros consumidores domésticos o industriales".
La AEE ignora si las intenciones de la Xunta son aplicar también dicha obligación a los parques existentes, "lo que sería aún más grave", pero avanza en el comunicado que ha difundido que esta "expropiación de facto" implicaría (1) una vulneración de la legislación actual, (2) forzaría la ruptura de contratos, (3) aumentaría el precio de la electricidad, y (4) activaría demandas de los inversores internacionales generando nuevos arbitrajes, además de las consecuentes sanciones por parte de la Comisión Europea.
Y catetos o hipotenusas, es su apreciación. Quizás, cuando cada región asuma un porcentaje similar en producción y consumo de energía (no vaya a ser q pase como en Extremadura q produce el 388%, para alimentar otros territorios) y se comen una nuclear, que si tan buenas son una cada dos km en la Castellana, la Diagonal o en Rentería.