Las inversiones objeto de la ayuda deberán realizarse desde el 1 de enero de 2009 hasta la finalización del plazo de justificación establecido en la resolución de concesión de la subvención. El plazo de presentación de solicitudes finaliza el 30 de octubre de 2009 y las ayudas consisten en subvenciones directas del 30% de la inversión subvencionable (IVA excluido).
La biomasa repite en la nueva resolución
Pero lo más destacable de esta nueva convocatoria es que completa la resolución del 26/02/09, publicada el 5 de marzo de 2009, que incluía biomasa, biogás, biocarburantes y geotermia. La biomasa, por tanto, repite, y además se hace la siguiente consideración para las solicitudes que, por insuficiencia de crédito presupuestario, se quedaron en situación de reserva en la convocatoria anterior: “podrán limitarse a presentar la solicitud en el modelo establecido en el anexo I, acompañando la referencia del expediente que se derivó de su solicitud, dentro del plazo establecido al efecto, siempre y cuando el proyecto para el que se interese la subvención sea el mismo y no hayan experimentado modificación los datos".
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