El Departamento de Economía, Industria y Empleo del Gobierno de Aragón trasladó una denuncia de un consumidor a la CNMC, por la realización de un cambio de comercializador de electricidad sin consentimiento. El consumidor era cliente de otra comercializadora, y al reclamar que había dejado de recibir las facturas de su compañía habitual, tuvo conocimiento de que su punto de suministro estaba siendo comercializado por Holaluz-Clidom. Según explica en una resolución la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, la comercializadora Holaluz-Clidom (1) realizó un contrato de suministro eléctrico con otro consumidor, en el que constaba el punto de suministro del denunciante; y (2) cuando advirtió el error, solicitó a la distribuidora "de forma unilateral" una modificación del contrato por subrogación, "sin contar para ello con el consentimiento del consumidor afectado".
Así -continúa la CNMC-, el reclamante ha sido suministrado durante un año por una comercializadora que no era la que había elegido. La CNMC considera que Holaluz-Clidom ha incumplido con los requisitos de contratación establecidos, y que se sustancian, por una parte, en el derecho del consumidor a elegir suministrador y a formalizar un contrato de suministro; y, por otra, en la obligación del comercializador de formalizar un contrato de suministro de acuerdo a la normativa en vigor. En consecuencia -concluye la Comisión-, Holaluz-Clidom "es responsable de una infracción tipificada en el artículo 66.4 de la Ley del Sector Eléctrico, y esta conducta deriva en una multa de 30.000 euros para la compañía". La resolución de la CNMC pone fin a la vía administrativa y Holaluz-Clidom SA podrá interponer recurso contencioso administrativo ante la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación.
Endesa, Iberdrola, Naturgy y Flip también fueron multados
Durante 2019, la CNMC ha multado a tres comercializadoras -Endesa Energía, EDP Energía y Flip Energía- por incumplir los requisitos de contratación con los clientes. La suma de las sanciones impuestas se eleva a 220.000 euros. Además, ha impuesto sanciones por el incumplimiento de sus obligaciones en relación con la formalización de los contratos de suministro a Endesa Energía (170.000 euros) y a Iberdrola Clientes (40.000 euros).
Asimismo, sancionó a Naturgy Iberia por incumplir con las medidas de protección al consumidor en el sector del gas con 1,2 millones de euros, y por el mismo motivo en el sector de la electricidad sancionó a Endesa Energía (150.000 euros) y a Energía XXI Comercializadora de Referencia (150.000 euros).
La CNMC, una de cuyas funciones es vigilar que las comercializadoras cumplan las medidas de protección al consumidor, con especial atención a las prácticas comerciales de las empresas y los cambios de comercializador, recuerda que el Real Decreto-ley 15/2018, de 5 de octubre, de medidas urgentes para la transición energética y la protección de los consumidores, prohíbe las ventas en el domicilio, salvo que exista petición expresa por parte de los consumidores y sea por iniciativa suya.
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