El Plan de Acción se centra en los episodios de contaminación del aire por estos tres gases y las partículas inferiores a 10 micras (PM10) y a 2,5 micras (PM2,5).
De acuerdo con el Real Decreto 39/2017, de 27 de enero, cuando en una zona o aglomeración determinada exista el riesgo de que el nivel de contaminantes supere uno o más de los umbrales de alerta especificados en su Anexo I, las comunidades autónomas, y en su caso, las entidades locales, elaborarán planes de acción que indicarán las medidas a adoptar a corto o medio plazo (en caso de contaminantes secundarios) para reducir el riesgo de superación o la duración de la misma.
El RD establece, asimismo, que las administraciones públicas pondrán a disposición de la población los planes adoptados y los facilitarán a las organizaciones interesadas.
Desde el Miteco explican que al introducir umbrales y actuaciones homogéneas para todas las administraciones, el ciudadano dispondrá de información comparable sobre los niveles de alerta por contaminación y las actuaciones a poner en marcha en cada uno de los niveles de actuación independientemente del ámbito geográfico en el que se encuentre.
El fin último del Plan es evitar que se alcance el umbral de alerta establecido en la legislación y reducir el número de ocasiones en que se superan los valores límite u objetivo a corto plazo (diarios, horarios u 8-horarios) de la legislación para proteger la salud de la población de una mala calidad del aire.
La contaminación por ozono troposférico, dióxido de nitrógeno y dióxido de azufre está muy relacionada con el tráfico (gasoil y gasolina), que emite cantidades ingentes de contaminantes, y con la estabilidad atmosférica, que impide su dispersión.