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Espacios naturales y energías renovables

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Hasta el presente se ha tendido a separar en compartimentos estancos tanto los espacios naturales (los que se les otorgan diferentes calificativos de protección) como los espacios donde se hacen aprovechamientos energéticos (a los que se les autoriza, demasiadas veces, a hacer cualquier que, de cualquier manera). Ejemplos los tenemos en los espacios destinados a embalses para aprovechamiento hidroeléctrico, espacios destinados a centrales térmicas de combustible fósiles y termonucleares, espacios destinados a explotaciones de minerales energéticos -carbón, uranio- o espacios destinados a extracciones de petróleo o petrogas en el mar o en tierra firme, etc.

Las actuaciones energéticas convencionales han ido normalmente acompañadas de grandes impactos ecológicos en el lugar donde se realizaba la actuación. Pero hoy nos damos cuenta de que, además, sus impactos abarcan extensiones de territorio mucho más amplias (lluvias ácidas, calentamiento global, envenenamiento radiactivo) que el territorio donde se realiza la actuación energética.

Actualmente, se empiezan a desarrollar y a realizar actuaciones energéticas que no tienen por qué comportar grandes impactos y/o impactos irreversibles sobre los sistemas naturales de los espacios donde se realiza la actuación. Primeramente porque son actuaciones de menor envergadura (menos potencia instalada). Y en segundo lugar, porque al aprovechar un bien común (el viento, el Sol) que se manifiesta de forma dispersa y no concentrada, obliga a hacer aprovechamientos dispersos.

La cuestión de la compatibilidad o no compatibilidad de una actuación concreta para aprovechar un bien común energético, como es el viento o el Sol, en un espacio natural, dependerá básicamente de la escala de la actuación, de la tecnología a utilizar y de la sensibilidad de las personas implicadas en la actuación (promotores, constructores, obra civil, ingenierías, administración, etc.). También estará condicionada por otros usos, presentes o futuros, que tenga o se pueda dar en el espacio donde se propone la actuación (usos agrícolas y/o ganaderos, usos para ocio -excursionismo, turismo-, etc.).

En el caso que estamos tratando, el aprovechamiento de los flujos biosféricos con cualidades energéticas, como la fuerza del viento o la radiación del Sol, en espacios naturales concretos a través de actuaciones concretas, debería hacerse de forma que su aprovechamiento se realice siguiendo los criterios de sostenibilidad tanto por lo que respecta al bien común (viento o Sol), como por lo que respecta a los sistemas naturales y a las comunidades humanas que viven en los lugares donde el viento y el Sol se manifiestan. En cuanto al bien común, sea el viento o el Sol, su aprovechamiento debe hacer posible la renovabilidad y el no agotamiento del bien común.

En cuanto a los sistemas naturales: por un lado estos ecosistemas pueden servir como base de soporte de los sistemas convertidores de energía eólica (aerogeneradores) o solar (calentadores de agua, generadores fototérmicos, generadores fotovoltaicos) con los que se hace la aprovechamiento del bien común natural y energético (el viento o el Sol), y por otra parte, al ser también los ecosistemas la base de soporte de otros servicios (agrícolas, ganaderos, diversidad biológica y cultural, paisajista, estética, etc.), deben permitir su regeneración, de forma que el aprovechamiento eólico o solar no ponga en peligro la continuidad del conjunto de servicios que el espacio natural nos ofrece.

En cuanto a las comunidades humanas: las personas que viven en los lugares donde el viento o el Sol se manifiestan, tienen el derecho a poder seguir viviendo en los lugares donde viven. Y no sólo eso, sino que deben tener reconocido el derecho a la captación y el aprovechamiento del viento y del Sol. Igualmente estas comunidades deberían ver de forma concreta y tangible como el aprovechamiento del viento o del Sol repercute en beneficio de la comunidad local en su conjunto.

Y todo ello para garantizar la continuidad del aprovisionamiento de los servicios que los bienes comunes naturales ofrecen a los humanos, sin que el uso que se haga ponga en peligro la continuidad de la vida de las comunidades vegetales, animales y humanas en el espacio donde se hace el aprovechamiento de los bienes comunes naturales de cualidades energéticas (los flujos biosféricos de energía).

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