El Ministerio de Energía, Turismo y Agenda Digital asegura que España alcanzó en 2014 un 17,3% de consumo de energía renovable sobre el consumo de energía final y prevé, que, dado un crecimiento del consumo de electricidad del entorno del 0,8% anual hasta el 2020, y dado que España tiene que alcanzar el 20% de consumo de energías renovables sobre el consumo de energía final ese año, es preciso subastar ahora "3.000 MW de nueva potencia de generación renovable". Para ello convoca esta subasta de potencia. Toda la potencia deberá ser instalada en la península.
"El producto a subastar -dice el borrador de Orden publicado por el Gobierno- será la potencia instalada con derecho a la percepción del régimen retributivo específico de nuevas instalaciones de energías renovables, ofertándose en la subasta un porcentaje de reducción del valor estándar de la inversión inicial de la instalación tipo de referencia aplicable entre las recogidas en la orden". Se establecen tres instalaciones tipo de referencia: una, para tecnología eólica; otra, para tecnología fotovoltaica; y otra, para el resto de tecnologías distintas de eólica y fotovoltaica.
Características de la subasta
1. El producto a subastar será la potencia instalada con derecho a la percepción del régimen retributivo específico de nuevas instalaciones de producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables definidas en el artículo 2 de esta orden.
2. El proceso de adjudicación se realizará mediante el método de subasta de sobre cerrado con sistema marginal, en el que se ofertará, para una determinada potencia instalada, el porcentaje de reducción del valor estándar de la inversión inicial de la instalación tipo de referencia que resulte aplicable entre las establecidas en esta orden.
3. Como resultado de la subasta se obtendrá la potencia adjudicada a cada participante, así como el porcentaje de reducción del valor estándar de la inversión inicial de cada una de las instalaciones tipo de referencia.
La subasta será "tecnológicamente neutra" (no distingue entre renovables con sistemas de almacenamiento de energía –lógicamente más sencillas de gestionar- y renovables que no los tienen), y serán adjudicados "aquellos proyectos que supongan un menor coste para el consumidor". El Ministerio se refiere al coste de generación por kilovatio hora, pero no tiene en cuenta el coste del respaldo, por lo que la expresión “menor coste para el consumidor” podría estar induciendo a engaño.