La institución considera que el suministro eléctrico es esencial para una vida digna, e imprescindible para el ejercicio de otros derechos fundamentales como la alimentación, la educación y la salud. Por ello, las políticas de suministro eléctrico deben tener en cuenta, muy especialmente, a las personas vulnerables, señala la Oficina del Defensor del Pueblo en un comunicado, en el que insiste en la definición del concepto de consumidor vulnerable con criterios de renta.
Las recomendaciones tienen como objetivo, entre otros, el desarrollo normativo del bono social, reforzar la protección de los consumidores más vulnerables ante los cortes de suministro eléctrico, especialmente cuando afecten a niños, personas con discapacidad y otras personas vulnerables, así como el establecimiento de procedimientos de comunicación y coordinación entre las empresas suministradoras y los servicios sociales antes de realizar un corte de suministro, para evitar que personas en situación de vulnerabilidad se queden sin electricidad.
Las recomendaciones
1. Definir un concepto de consumidor vulnerable de acuerdo con criterios de renta del consumidor.
2. Modular el umbral de renta de conformidad con las circunstancias personales, siempre y cuando la elección de las mismas y su modulación estén debidamente justificadas y no supongan discriminación.
3. Estudiar la posibilidad de reducir la parte fija de la factura eléctrica de manera que se incentive el ahorro.
4. Crear un sistema de acreditación de la condición de consumidor vulnerable sencillo, ágil y eficaz.
5. Dar publicidad suficiente a los requisitos para acceder al bono social de manera que llegue al conocimiento de las personas afectadas.
6. Establecer un procedimiento de impugnación en caso de denegación del derecho al bono social.
7. Prever la coordinación administrativa necesaria en el procedimiento de acreditación de consumidor vulnerable y reconocimiento del derecho al bono social, así como un sistema idóneo de comunicación con las empresas.
8. Introducir entre las medidas de protección contra el corte de suministro a los consumidores vulnerables a aquellos que estén acogidos al mercado libre.
9. Añadir entre las medidas de protección contra el corte de suministro a los consumidores vulnerables a aquellos provenientes de impagos de deudas procedentes de una refacturación por supuesto fraude.
10. Incluir entre las medidas de protección contra el corte de suministro disposiciones que tengan en cuenta la necesidad de proteger a los niños, ancianos y personas con discapacidad.
11. Establecer un órgano de cooperación interadministrativa, que se reúna con carácter periódico para abordar soluciones a los problemas que se planteen en la aplicación de las nuevas medidas.
Estas recomendaciones son el resultado de las conclusiones de la Jornada “Medidas para la Protección de los Consumidores Vulnerables en Materia de Energía Eléctrica", organizada por la Institución el 29 de marzo pasado con responsables de las administraciones públicas, expertos en la materia, representantes de las empresas eléctricas y asociaciones de consumidores.