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Nuevos cambios regulatorios sobrevuelan el sector energético
español. El primero afecta a la generación de electricidad,
especialmente a aquella de origen renovable, ya que la Comisión Nacional
de la Energía realizará las liquidaciones de las primas, tarifas y
complementos de las instalaciones del régimen especial a partir del
próximo uno de enero, según reza la Propuesta de Circular del Sistema
de Liquidación de la Prima Equivalente.
En
cuanto a la segunda modificación regulatoria, consiste en la propuesta
de creación de la novedosa figura de La Oficina de Cambios de
Suministrador, según recoge la proposición del Real Decreto que regula
La Oficina de Cambios de Suministrador.
Hasta
ahora, la liquidación de las primas tanto de las instalaciones a
mercado como de las acogidas a tarifa regulada las venía realizando, en
primera instancia, el distribuidor. Con posterioridad a este trámite,
la CNE liquidaba la cuantía correspondiente al distribuidor.
De
este modo, a partir del primero de enero “... Las instalaciones
que hayan elegido la opción de venta de energía a tarifa regulada
liquidarán con la
Comisión Nacional de la Energía la cuantía
correspondiente a la diferencia entre la energía neta efectivamente
producida, valorada al precio de la tarifa regulada que corresponda, y
la liquidación realizada por el operador del mercado y el operador del
sistema, considerando la imputación del coste de desvío que determine
el operador del sistema...”.
Y
de forma análoga, “... Las instalaciones cuya opción de venta sea
en el mercado de producción de energía eléctrica liquidarán con la Comisión Nacional
de la Energía el importe correspondiente a la energía neta
efectivamente producida en función de una prima establecida para cada
tipo de instalación y que complementará al precio que resulte en el
mercado organizado o al precio libremente negociado, de acuerdo con lo
dispuesto en el artículo 27 del Real Decreto 661/2007, de 25 de
mayo...”’.
Además,
la CNE será la responsable de liquidar los complementos que, al igual
que las primas y tarifas, liquidaba hasta ahora el distribuidor. Los
complementos que se prevé liquide la CNE son los de eficiencia, energía
reactiva, continuidad de suministro frente a huecos de tensión y
repotenciación en instalaciones eólicas.
Toda
instalación que no haya emitido factura al distribuidor por la energía
generada ni vaya a emitir factura durante lo que queda de año, así como
aquellas instalaciones puestas en marcha a partir del 1 de enero de
2009, deberán darse de alta en el sistema de liquidaciones de la CNE.
Por
otra parte, surge la figura de la Oficina de Cambios de Suministrador
para las actividades de consumo de gas y electricidad. Se trata de
“una sociedad mercantil anónima, cuyo objeto social exclusivo es
la supervisión de los cambios de suministrador conforme a los
principios de transparencia, objetividad e independencia”.
Asimismo, es responsable de la gestión centrada de las comunicaciones y
del registro formal de los cambios de suministrador.
La
creación de esta oficina se encuadra dentro del proceso de
liberalización de los mercados de gas y electricidad y se justifica, a
su vez, por la incorporación del nuevo concepto de Suministrador de
Último Recurso.
Además,
la Oficina de Cambio de Suministrador tendrá acceso a las Bases de
Datos de Consumidores y de Puntos de Suministro de gas y electricidad.
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