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Prórroga en las liquidaciones de primas y complementos

 

Todo estaba previsto para que a partir del pasado 1 de julio la Comisión Nacional de Energía fuera la entidad encargada de liquidar las primas y complementos de las instalaciones de régimen especial, una vez más, se ha prorrogado la ya famosa disposición transitoria sexta del real decreto 661 hasta el 31 de octubre de 2009, en principio, la entrada de la CNE en la liquidación directa de las instalaciones de régimen especial iba a ser el 1 de junio de 2009 y posteriormente el primero de julio.

 

Este retraso parece tener más ventajas que inconvenientes para las instalaciones en régimen especial. La primera es que las instalaciones con potencia instalada igual o inferior a 1 MW que vendan su energía a tarifa regulada seguirán estando exentas de la penalización de los desvíos. Se engloban en este grupo la inmensa mayoría de las instalaciones fotovoltaicas acogidas al R.D. 661.

 

¿Pero cómo va a funcionar el nuevo sistema de liquidación de las primas? ¿En que va a cambiar para los generadores en régimen especial?

 

Hasta ahora esta labor de liquidar primas y complementos la venía desarrollando el distribuidor. Éste pagaba la diferencia entre la tarifa regulada y el ingreso de mercado a las instalaciones acogidas a tarifa regulada. Para las instalaciones que acuden al mercado les pagaba la prima en función de la producción. Cuando la CNE sea la entidad encargada de liquidar primas y complementos será exactamente igual. Aunque en las primeras propuestas de circular para la liquidación de la energía por parte de la CNE existían diferencias significativas: como que fuera el representante el que cobrara las primas y complementos o que la CNE iba a liquidar y no facturar, esto es iba a pagar sin IVA.

 

Los conceptos liquidables por la CNE serán:

-         la prima, complemento que reciben las instalaciones que venden directamente al mercado

-         prima equivalente –prima que reciben las instalaciones de régimen especial que venden su energía a tarifa regulada-,

-         Complementos:

-         Energía reactiva,

-         Eficiencia, en el caso de las cogeneraciones,

-         Huecos de tensión en el caso de instalaciones eólicas.

 

 

 

 

 

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