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Los pequeños municipios catalanes piden un canon eólico

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La Asociación de Municipios Eólicos de Cataluña (AMEC), que acaba de ser constituida por una treintena de pequeños y medianos pueblos, lleva semanas reivindicado con fuerza el establecimiento de un canon sobre los parques eólicos que hay en Cataluña. ¿Objetivo? Obtener recursos para "romper con el despoblamiento y el envejecimiento de estos núcleos rurales y equipararse con las normativas de otras comunidades autónomas".
Los pequeños municipios catalanes piden un canon eólico

El canon acaba de recibir un varapalo en el Parlament, donde no ha sido aprobado (iba incluido en una enmienda a la Ley de Presupuestos de Cataluña 2017), pero Energías Renovables ha querido saber qué proponían -qué proponen- estos treinta pequeños municipios de Cataluña. Por eso hemos invitado al presidente de AMEC, Carlos Gibert, a que nos lo cuente. Esta es su tribuna.

«La recién creada Asociación de Municipios Eólicos de Cataluña (AMEC), formada por un total de 30 pequeños y medianos municipios de Cataluña, el 80% de los municipios eólicos catalanes, reivindica un canon justo para la concentración eólica en Cataluña para compensar los impactos medioambientales y territoriales negativos que sufren estos municipios, tal y como ya sucede, y avalado por el Tribunal Supremo, en otras Comunidades Autónomas del Estado, como Valencia, Galicia y las dos Castillas. La AMEC pretende que los beneficiarios sean los municipios afectados, y las empresas y entidades del territorio. El nuevo fondo eólico compensatorio que proponemos tiene como finalidad impulsar el desarrollo rural de estos núcleos de población y financiar mayoritariamente medidas sociales y de reactivación económica, con el objetivo de frenar el envejecimiento y despoblación que sufren estos municipios.

El canon eólico representa solo el 1,5 % de facturación de les empresas
Proponemos implantar este canon eólico de forma progresiva, en función de la potencia instalada en cada parque -a mayor potencia del parque, mayor canon-, con el fin de promover el modelo energético de generación distribuida, más sostenible desde el punto de vista del impacto ambiental y de la eficiencia energética.

Contemplamos excepciones del canon en la implantación de aerogeneradores aislados o parques eólicos de menos de 4,5 megavatios (MW) de potencia e instalaciones destinadas al autoconsumo, con el siguiente escalado:

-Parques con potencia instalada entre 4,5 i 10,5 MW: 1.500 €/MW
-Parques con potencia instalada entre 10,5 i 22,5 MW: 2,700 €/MW
-Parques con potencia instalada lada de más de 22,5 MW: 3.900 €/MW

Teniendo en cuenta una velocidad del viento según los parámetros de viabilidad del sector, y haciendo la media de les tarifas según los diferentes decretos de remuneración de las primas, para el conjunto de los parques eólicos de Cataluña, el canon representa de media solo el 1,5% de la facturación de las empresas del sector. Desde la AMEC consideramos razonable y justa esta aportación al territorio.

Nuestra propuesta es destinar el 70% del importe obtenido del Fondo a financiar proyectos sociales y de desarrollo rural en los municipios afectados; un 25%, a financiar programas de estrategia Leader destinados a las empresas y entidades ubicadas en esos municipios; y un 5% del importe de este Fondo, a financiar estudios e informes sobre la afectación eólica; campañas de formación, difusión y sensibilización; proyectos de investigación, desarrollo e innovación (I + D + I) en la mejora del impacto ambiental de la producción eólica, de su eficiencia energética y del fomento del autoconsumo, etc...

El canon no afecta a las inversiones en el sector de las renovables en Cataluña, hace transparente la compensación territorial, servirá para evitar conflictos territoriales y favorecerá el desarrollo de la energía eólica en Cataluña. Proponemos pues un canon similar al que ya existe -avalado por el Tribunal Supremo- en otras Comunidades Autónomas del Estado, donde los cánones gravan el impacto ambiental de los parques de manera progresiva y nutren un fondo de desarrollo rural en las zonas afectadas.

Consideramos que esta medida ayudará a regular mucho mejor el sector y a conseguir un mayor equilibrio en las relaciones que sobre el territorio se dan entre las corporaciones empresariales eólicas y los municipios, rurales la mayoría. Creemos que la transparencia y la homogeneidad en las compensaciones evitará conflictos territoriales y favorecerá la implantación de la energía eólica en Cataluña.

La propuesta de canon a la concentración eólica cuenta con los soportes de estas entidades
-Colegio de Ambientólogos de Cataluña
-Colegio de Geógrafos de Cataluña
-Asociación de Micropueblos de Cataluña
-Ipcena (entidad ecologista)
-Unió de Pagesos (sindicato agrario)
-Turalcat (Confederación de Turismo Rural de Cataluña)

Otros cánones eólicos
-Valencia: Ley 10/2006 (DOGV 28-12-06)
-Galicia: Ley 8/2009 (BOE 04-02-10) (*)
-Castilla Y la Mancha: Ley 9/2011 (BOE 03-05-11)
-Castilla Y León: Ley 1/2012 (BOE 28-02-12)
(*) Sentencia del Tribunal Supremo que avala el canon eólico de Galicia (2015)»

Carlos Gibert, presidente de la Asociación de Municipios Eólicos de Cataluña

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