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La CNE vapulea el real decreto que sustituye las primas por la "rentabilidad razonable"

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La Comisión Nacional de Energía acaba de publicar su Informe 18/2013 "sobre la propuesta de Real Decreto por el que se regula la actividad de producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables, cogeneración y residuos". La CNE recibió esa propuesta el martes, día 16 de julio, a las dos menos cuarto de la tarde. El remitente, el secretario de estado de Energía, Alberto Nadal, decía lo siguiente: "se remite para su informe preceptivo con carácter urgente en el plazo máximo de 15 días".
La CNE vapulea el real decreto que sustituye las primas por la "rentabilidad razonable"

La Comisión Nacional de Energía (CNE) hizo público ayer su Informe 18/2013, un documento en el que, para empezar, critica explícito las prisas del ejecutivo, que parecerían ideadas para hurtar la participación de los agentes del sector. Así, la CNE "considera que, con el trámite de urgencia con el que se plantea la consulta (...) no se garantiza la participación efectiva de los distintos agentes involucrados". El procedimiento es tal y como sigue: el Ejecutivo envía su propuesta a la CNE, esta la distribuye entre los miembros de su Consejo Consultivo de Electricidad, los integrantes de ese consejo la estudian (la CNE les dio 10 días para hacerlo) y transmiten a la CNE los comentarios y alegaciones que consideren oportunos, y la Comisión Nacional de Energía, a la vista de todo, emite su informe. Pues bien, el secretario Nadal imprimió a su propuesta "carácter urgente", estableció un "plazo máximo de 15 días" y la CNE se ha quejado ahora negro sobre blanco, "máxime -explica en su documento-, cuando se solicita informe sobre una nueva metodología de retribución, que afecta tanto a instalaciones nuevas como a existentes, sin conocer el valor de los parámetros que dotarán de sentido económico a dicha metodología" (la CNE habla explícitamente de "una formulación compleja que obedece a unos parámetros difíciles de concretar y cuantificar, sobre todo para las instalaciones existentes"). Asimismo, concluye la Comisión, "la memoria que acompaña a la propuesta es muy escueta -poco más que un índice comentado- y no aporta justificación para gran parte de los cambios introducidos".

La chistera
En resumen: me envías una propuesta de "nueva metodología de retribución que afecta tanto a instalaciones nuevas como a existentes", es decir, una propuesta con marchamo retroactivo, y me dices que la evalúe en 15 días; eso sí, no me informas sobre "el valor de los parámetros que dotarán de sentido económico a dicha metodología", una metodología que resulta por otra parte "compleja" y que obedece -insiste el informe- "a unos parámetros difíciles de concretar y cuantificar". Además, me envías, junto a la propuesta, una memoria muy escueta -"poco más que un índice comentado"- y, por fin, no aportas justificación "para gran parte de los cambios introducidos". Más aún: el Informe 18/2013 añade más adelante que en la Comisión "no se tiene constancia de que exista un modelo retributivo similar al reflejado en la propuesta en ninguna jurisdicción de la Unión Europea, así como tampoco en otros países de cuyos sistemas de apoyo se tiene conocimiento a través de asociaciones internacionales de organismos reguladores". ¿Cabe colegir, pues, que la Comisión Nacional de Energía está insinuando que el secretario Nadal y el ministro de Industria, Energía y Turismo, José Manuel Soria, se han sacado su "nueva metodología de retribución" de la chistera...? En fin, ridículo Nadal ante la CNE, que ha firmado un informe... en clave de bronca al alumno torpe. Pero vayamos a los antecedentes, siquiera sea brevemente.

El misterio de lo razonable
La propuesta que enviara Nadal a la Comisión desarrolla "el cambio del modelo retributivo aplicable a las instalaciones de producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables, cogeneración y residuos ya establecido en el reciente Real Decreto-Ley 9/2013, de 12 de julio". Lo que ese RDL dice -el cambio que introduce- es que las energías renovables ya no cobrarán prima. A partir de ahora -explica el RDL-, serán retribuidas conforme al criterio de "rentabilidad razonable". ¿Y cuál es el problema? Pues que la "rentabilidad razonable" que propone el Ejecutivo en ese ya aprobado Real Decreto-ley 9/2013, de 12 de julio (rentabilidad del 7,5%) es, por una parte, estrictamente discrecional -¿y por qué no un 7? ¿O por qué no un 8%?- y, por otra, todavía no tiene letra pequeña. O sea, que nadie sabe aún con precisión -tampoco la CNE- cuáles van a ser los parámetros que empleará el Ejecutivo para determinar si la rentabilidad de una instalación se ajusta hoy a ese 7,5… o si se ajustaba ayer. Porque esa es otra: ya no se trata de cobrar mañana a razón de ese 7,5 y no más. Es que, además, el gobierno ha dicho que si una instalación obtuvo una rentabilidad mayor que esa por ejemplo en 2009… pues mañana deberá detraer de sus ingresos ese “exceso” hasta dejar la media en el 7,5.

Por transparencia
Con respecto a "la posibilidad de una retribución negativa", la Comisión también es explícita en su crítica: ese tipo de retribución "podría considerarse incompatible con el diseño de un régimen retributivo específico que persigue fomentar este tipo de producción". En ese sentido, el informe de la CNE explica que, "a falta de conocer la propuesta de orden por la que se aprueben los parámetros retributivos necesarios para la aplicación de la propuesta ahora informada, esta Comisión considera que, en todo caso, para una mayor transparencia regulatoria, esta posibilidad debiera ser expresamente excluida en el texto de la propuesta". En otro lugar del informe, la Comisión recuerda los motivos que condujeron al legislador a establecer un régimen retributivo específico para las fuentes limpias de energía: "cabe recordar que la razón de ser de la existencia de los incentivos económicos a la producción a partir de fuentes de energía renovables, cogeneración y residuos es corregir uno de los llamados 'fallos de mercado' en el sentido de compensar los costes ambientales, sociales y de suministro a largo plazo que otras formas de generación no internalizan por completo, para así definir un terreno de juego equilibrado y conseguir un desarrollo energético económica y medioambientalmente sostenible que cumpla además con los objetivos previstos en la planificación y con los compromisos adquiridos con la Unión Europea, esto es, reducir la fuerte dependencia energética del país, contribuir a su desarrollo industrial, el reequilibrio de la balanza de pagos y la creación y mantenimiento de puestos de trabajo estables y de calidad, aparte de mejorar la eficiencia del sistema eléctrico y minimizar el impacto ambiental de las actividades eléctricas".

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