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El IDAE pone a disposición pública el Listado de Proveedores de Servicios Energéticos

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El Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía, organismo dependiente del Ministerio Industria, Energía y Turismo, ha informado de la puesta a disposición pública en idae.es de "una lista de Proveedores de Servicios Energéticos que será actualizada periódicamente". El IDAE define proveedor de servicios energéticos como "toda persona física o jurídica que presta servicios energéticos o aplica otras medidas de mejora de la eficiencia energética en la instalación o los locales de un cliente final, de acuerdo con la normativa vigente". Aquí, el enlace a la base de datos.
El IDAE pone a disposición pública el Listado de Proveedores de Servicios Energéticos

Esta actividad -informa el IDAE- está regulada en España por el Real Decreto 56/2016 de 12 de febrero, por el que se traspone la Directiva 2012/27/UE, relativa a la eficiencia energética, en lo referente a las auditorías energéticas, acreditación de proveedores de servicios y auditores energéticos y promoción de la eficiencia del suministro de energía. En concreto, el artículo 7 regula los requisitos para el ejercicio de la actividad profesional del proveedor de servicios energéticos; el artículo 8, la habilitación y declaración responsable relativa al cumplimiento de los requisitos para el ejercicio de su actividad; y el artículo 10, lo relativo al listado público de los proveedores de
servicios energéticos.

RD 56/2016
Según el citado Real Decreto -continúa el IDAE-, pueden formar parte del listado de proveedores de servicios energéticos las personas físicas o jurídicas que hayan presentado ante el órgano competente en materia de eficiencia energética de Ceuta, Melilla o la comunidad autónoma correspondiente una declaración responsable (según el anexo II de este Real Decreto), en la que el titular de la empresa o su representante legal manifieste que cumple los requisitos que se exigen, que dispone de la documentación que así lo acredita y que se compromete a mantenerlos durante la vigencia de la actividad.

La declaración responsable habilita para el ejercicio de la actividad
Habilita desde el momento de su presentación, en todo el territorio español, por tiempo indefinido, y sin perjuicio de las posteriores comprobaciones que pueda realizar la Administración competente. El órgano competente de la comunidad o ciudad autónoma -informa el IDAE- remitirá la declaración responsable del correspondiente proveedor de servicios energéticos a la Dirección General (DG) de Política Energética y Minas del Ministerio de Industria, Energía y Turismo (Minetur), en el plazo de un mes, que dará traslado al IDAE, con objeto de que sea incluida en la Lista de Proveedores de Servicios Energéticos, que está disponible en su sede electrónica.

Para una correcta identificación de los proveedores de servicios energéticos
Según explica el IDAE, "este listado contiene la información necesaria que permita identificar a los proveedores de servicios energéticos con el fin de poner a disposición del público una lista de proveedores cualificados, facilitar a la Administración competente la realización de la inspección y otra información que se considere necesaria a efectos estadísticos y de clasificación sectorial o alcance de los servicios energéticos de las empresas". Por lo demás, la DG de Política Energética (Minetur) podrá ordenar en cualquier momento la rectificación de este listado como resultado de las comprobaciones que pueda realizar sobre el cumplimiento de los requisitos exigibles para el ejercicio de la actividad.

Base de datos
La base de datos del IDAE contiene información de contacto y el ámbito geográfico de actividad de aquellos proveedores que han solicitado adecuadamente su inclusión. La misma permite tanto la consulta de los proveedores que en ella figuran, como la obtención de documentos justificativos de pertenecer a dicho listado, para aquellas empresas que se hayan inscrito y que lo necesiten.

Para inscribirse en el Listado de Proveedores de Servicios Energéticos -informa el IDAE-, el interesado debe dirigirse previamente al órgano competente habilitado en su Comunidad o Ciudad Autónoma, y presentar la declaración responsable (según modelo del Anexo II del Real Decreto 56/2016) y la documentación que le soliciten en el mismo.

Si necesita un documento acreditativo de estar dado de alta en el Listado de Proveedores de Servicios Energéticos, puede hacerlo de forma automática, entrando en la base de datos, localizando su empresa y seleccionando la primera columna de la izquierda "generar certificado".

Tags: Eficiencia , Ahorro
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